El Decreto Ejecutivo N.° 10 del 16 de abril de 2026, que regula el transporte por plataformas en Panamá, continúa generando molestia entre diversos grupos políticos, empresarios y, principalmente, entre los usuarios, quienes consideran que esta transformación se asemeja al sistema tradicional de transporte público selectivo bajo la denominación de “Taxi de Lujo” (TL).
Precisamente, la norma define como Taxi de Lujo (TL) el servicio que puede ser solicitado mediante herramientas digitales y que cuenta con tarifas especiales pagadas electrónicamente o en efectivo.
Según el Decreto Ejecutivo N.° 10 —publicado en la Gaceta Oficial el 16 de abril de 2026—, en tres meses deberán implementarse dos requisitos fundamentales y obligatorios para que un Taxi de Lujo circule en el país: contar con un Certificado de Operación y tener el aval de la organización de transporte autorizada (prestataria) a la que pertenezca.
Además, la regulación indica que estos vehículos deberán portar placa y calcomanía con la sigla “TL”. Los conductores deberán ser panameños, tener licencia tipo E-1 y presentar récord policivo limpio, sin sanciones penales en los últimos diez años. Todos estos requisitos estarán supervisados y fiscalizados por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT).
En el caso del Certificado de Operación, muchos usuarios lo consideran un cupo “disfrazado” de taxi, ya que se exige como requisito obligatorio para brindar el servicio a través de plataformas. El modelo original de estas aplicaciones se basaba en la libre inscripción de conductores que cumplieran con estándares de calidad.
Ahora, el número de vehículos permitidos no dependerá de la demanda del mercado, sino de “estudios técnicos económicos” presentados por organizaciones de transporte (prestatarias) y aprobados por la ATTT.
Así está establecido en el artículo 5, que indica que el servicio de Taxi de Lujo se podrá brindar en todo el país, previa solicitud de las organizaciones de transporte autorizadas (prestatarias), sujeto a la necesidad del servicio, zonificación y ruta autorizada. Además, el artículo 13 señala que las prestatarias presentarán a la ATTT un estudio técnico económico que justifique la necesidad del servicio en cada zona para cumplir con la demanda de conductores registrados.
Para los usuarios, esto limitaría la oferta. Al haber un número finito de certificados, es probable que la disponibilidad de vehículos disminuya, aumentando los tiempos de espera, especialmente en horas pico.
El empresario Iván Zarak señaló en su red social X que: “Hoy por hoy, sin esa regulación, un Uber es más seguro que un taxi. Sus conductores tienen que estar registrados ante la plataforma, al igual que los carros. El decreto pareciera que lo hubiera escrito el gremio de taxistas protegiendo sus intereses (cupos)”.
Otro aspecto del decreto que no convence a la población es que los trámites de cesión, transferencia y cambio de unidad de estos nuevos certificados de Taxi de Lujo se regirán por las normas aplicables a cualquier otro certificado de operación de transporte público.
El director de la ATTT, Nicolás Brea, reiteró ayer en conferencia de prensa que los certificados de operación para los conductores de plataformas les permitirán ejercer legalmente la actividad e incluso podrán heredarse.
“Le estamos dando a ese conductor un valor, un título de valor, independientemente de que mañana una plataforma abandone el país”, sostuvo.
Para los usuarios de este sistema de plataformas digitales, otorgar al permiso de operación un valor comercial propio, permitiendo que sea vendido o heredado como un bien patrimonial, podría “fomentar el mercado negro de cupos” y priorizar el beneficio del dueño del certificado sobre la calidad del servicio al usuario.
En lugar de que el conductor sea evaluado únicamente por su desempeño y la calidad de su vehículo, la barrera de entrada sería la posesión de un activo (el cupo), lo cual históricamente en el transporte selectivo ha sido cuestionado por la atención al cliente, con los famosos “no voy”.
Taxis tradicionales podrán migrar a Taxi de Lujo
Para usuarios como Patricia Campos, quien migró a las plataformas digitales huyendo de las deficiencias del sistema de taxis tradicionales, las nuevas regulaciones son inaceptables.
La joven contó su experiencia, que el extraviar un celular o la cartera dentro de un taxi suele ser irrecuperable (no en todos los casos), a diferencia de los procesos actuales en las plataformas digitales de transporte, donde todo se reporta en el sistema.
Ahora con la nueva normativa, tanto taxis normales y rutas internas podrán aplicar a un certificado. En el artículo 6 del decreto permite explícitamente que los actuales titulares de certificados de Taxi (T) o Rutas Internas (RI) puedan migrar a la modalidad de Taxi de Lujo (TL), siempre que actualicen su certificado y cumplan con los nuevos requisitos.
Para estos usuarios, la posibilidad de que los mismos actores del sistema tradicional operen ahora bajo el esquema de lujo genera desconfianza sobre si se mantendrán los estándares de seguridad y cortesía que caracterizaban a las aplicaciones.
Con respecto a las tarifas, estas serán establecidas y reguladas por el Estado, a través de la ATTT, para el transporte terrestre público selectivo de lujo. Los pagos podrán realizarse de forma electrónica o en efectivo mediante Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC). Tanto las prestatarias como las empresas intermediarias deberán contar con un medio de cobro disponible.
Para algunos usuarios, el decreto elimina la libertad de precios, acaba con la predictibilidad absoluta y reduce la competitividad tarifaria. Al ser una tarifa regulada por el Estado, desaparecen los incentivos de las plataformas para ofrecer descuentos o promociones agresivas, y es posible que los precios se mantengan altos incluso cuando la demanda sea baja.
En este sentido, el empresario Alberto Motta destacó en un mensaje en su red social X que: “El decreto que regula el transporte por apps es un atentado contra la libertad, pone más barreras, fija precios y limita la innovación. En vez de elevar el servicio, nivela hacia abajo. Menos competencia, más burocracia; el usuario pierde, en especial el turista”.
El decreto que regula el transporte por apps es un atentado contra la libertad, pone más barreras, fija precios y limita la innovación. En vez de elevar el servicio, nivela hacia abajo. Menos competencia, más burocracia… el usuario pierde, en especial el turista.#TodosSomosUno
— 𝐀𝐥𝐟𝐫𝐞𝐝𝐨 𝐌𝐨𝐭𝐭𝐚 ن ✠ 🇵🇦 🇵🇹 (@AMOTTAPANAMA) April 18, 2026
Control de las prestatarias
Para los diputados Ernesto Cedeño, del Movimiento Otro Camino (MOCA), y Neftaly Zamora, independiente de la Coalición Vamos, esta nueva regulación pareciera tener otras intenciones.
Cedeño indicó que: “He leído el reglamento del servicio de transporte selectivo de lujo y, a mi juicio, se hizo para darle un negocio redondo a las prestatarias, que deben estar saltando en un solo pie en estos momentos”.
Mientras que Zamora señaló en su cuenta de X que: “El nuevo decreto para regular Uber, lejos de beneficiar al usuario, es un traje hecho a medida para robustecer al obsoleto modelo de prestatarias. Esta es una medida inconstitucional que se aleja del bien común para seguir favoreciendo a los monopolios del transporte que tanto daño le han hecho al país”.

El Decreto 10 establece en su artículo 3 que, para que los conductores de Taxi de Lujo puedan registrarse directamente en las plataformas, deben contar con el aval de una organización de transporte autorizada (prestataria) a la que pertenezcan.
Con este decreto se establece que muchos de los procesos de las plataformas tecnológicas deberán coordinarse permanentemente y contar con el aval de estas organizaciones. A criterio de muchos usuarios, la tecnología queda subordinada a la estructura tradicional de concesiones del transporte público panameño.


