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Novedades en el conflicto entre los socios de Town Center: cambio en el escenario y en el monto de la indemnización

Novedades en el conflicto entre los socios de Town Center: cambio en el escenario y en el monto de la indemnización
El centro comercial, que se proyectó con una extensión original de 182,744 m² y un presupuesto de $186.1 millones, terminó con una superficie de 206,350 m² y un costo de $212.6 millones.

El conflicto por el centro comercial Town Center se traslada de escenario: del Centro de Conciliación y Arbitraje de Panamá (CeCAP) al Órgano Judicial.

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Estas serían las ‘correcciones’ al laudo arbitral que ordenó a Grupo Bern pagar a su socio en Town CenterTown Center responde a Empresas Bern: ‘honre su palabra y cumpla con el laudo arbitral’Empresas Bern señala que el laudo arbitral a favor de sus socios en Town Center ‘vulnera’ sus derechosUn tribunal arbitral condena a Empresas Bern a pagar $77.7 millones a sus socios en Town Center

Esto se debe a la renuencia de una de las partes a honrar el laudo arbitral que ordena a Grupo Empresas Bern (GEB) pagar poco más de $65 millones en concepto de daños, costas e incumplimiento en la construcción del mall en Costa del Este. Esa cantidad originalmente se había fijado en $85.8 millones, pero el 13 de junio fue “corregida” por el tribunal arbitral.

GEB, que agrupa a las socieddes Luzeo Corporation, Mercadeo y Análisis Integral, TC Development Inc. y Constructora Tece, presentó un recurso de anulación contra el laudo arbitral ante la Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia. El recurso le fue asignado al magistrado Carlos Vásquez Reyes en un reparto celebrado el 22 de julio pasado.

Tres días después, el 25 de julio, el Grupo Town Center (que incluye a las sociedades Costa del Este Town Center Group, Inversiones Panamá Viejo y Townshare, S.A.), parte favorecida con el laudo arbitral, acudió a un juzgado civil para solicitar la ejecución del mismo. El proceso quedó radicado en el Juzgado Sexto de Circuito Civil.

De este modo, se prolonga un conflicto que ha enfrentado durante años a dos importantes grupos empresariales, que hace 11 años se unieron para construir un centro comercial en una de las zonas más exclusivas de la ciudad capital. Por un lado, GEB, controlado por Herman Bern y su hijo José Manuel, y por el otro, Costa del Este Town Center Group, conformado por Inversiones Panamá Viejo y Townshare, sociedades representadas por Raimundo Casimiro López y Alberto Motta Page, respectivamente.

Los desencuentros entre los socios comenzaron en 2018, por la gestión en la administración, construcción, comercialización y venta del proyecto, tareas que hasta entonces habían sido asumidas por los Bern.

El centro comercial, que se proyectó con una extensión original de 182,744 m² y un presupuesto de $186.1 millones, terminó con una superficie de 206,350 m² y un costo de $212.6 millones.

En 2022, los socios decidieron resolver sus diferencias a través de un proceso de arbitraje. GEB demandó a Costa del Este Town Center Group y viceversa.

El 24 de mayo de 2024, luego de escuchar a las partes, testigos, peritos y abogados, los árbitros Adán Arnulfo Arjona, Narciso Arellano y Jaime Mora rechazaron las pretensiones de GEB (que reclamaba una cuantía de $61.1 millones, pero no recibirá nada) y, en cambio, le condenaron a pagar $85.8 millones por el incumplimiento de sus deberes (societarios y como administrador del proyecto), daños causados por la construcción y negligencia en la comercialización de los locales comerciales del mall.

Ambas partes presentaron solicitudes de corrección.

Grupo Town Center alegó que el monto fijado por el tribunal incluía $8 millones “en concepto de compra de superficie ocupada por el hotel que pertenece a Costa del Este Town Center, S.A.”. Como se reconoció que Bern no tiene derechos sobre el terreno y las mejoras del hotel, los árbitros atendieron la solicitud y corrigieron la cifra, en una decisión que fue comunicada el 13 de junio pasado.

El laudo está sustentado en la Ley 131 de 2013, que rige el arbitraje en Panamá, y el Código de Comercio. Se supone que los fallos arbitrales son “finales, obligatorios y vinculantes”.


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