Gobierno deroga decreto que blindaba a empleados públicos

El presidente de la República, Juan Carlos Varela Rodríguez, derogó , esta tarde, el decreto ejecutivo 52 de 26 de junio de 2014 que obligaba a indemnizar a los empleados públicos que renunciaran o fueran despidos del gobierno.

Gobierno deroga decreto que blindaba a empleados públicos
Gobierno deroga decreto que blindaba a empleados públicos

El presidente de la República, Juan Carlos Varela Rodríguez, derogó , esta tarde, el decreto ejecutivo 52 de 26 de junio de 2014 que obligaba a indemnizar a los empleados públicos que renunciaran o fueran despidos del gobierno.La decisión fue publicada en la Gaceta Oficial 27 mil 574 publicada esta tarde.

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Gobierno reglamenta leyes para blindar a funcionarios

El nuevo decreto aplica para los 205 mil 119 trabajadores públicos que en este momento tiene la planilla estatal según cifras de la Contraloría General de la República.

La decisión se encuentra contenida en el titulado: "Que deroga el decreto ejecutivo 52 de 26 de junio de 2014".

 

El documento oficial lleva la firma del presidente de la república, Juan Carlos Varela Rodríguez y del Ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, Luis Ernesto Carles.

 

El decreto derogado fue publicado en Gaceta Oficial cinco días antes que el  presidente, Ricardo Martinelli, abandonara el poder. El documento establecía indemnizaciones a los funcionarios públicos que renunciaran o fueran despedidos – justificada o injustificadamente – de sus cargos.

 

LO QUE DECÍA EL DECRETO DEROGADO

 

El decreto 52 de 26 de junio de 2014 establecía indemnizaciones a los funcionarios públicos que dejasen de laborar en el Estado."Los servidores públicos, amparados por el régimen de estabilidad laboral, que se desvinculen de la entidad pública por renuncia, destitución justificada e injustificada se le elaboraráuna planilla para el pago de sus prestaciones laborales y derechos adquiridos como vacaciones vencidas, vacaciones proporcionales, décimo tercer mes, décimo tercer mes proporcional, prima de antigüedad (a razón de una semana de salario por cada año laborado de forma continúa) al servicio público aunque fuere en distintas instituciones. En caso que el funcionario no completara el año una prima de antigüedad proporcional e indemnización por destitución injustificada en los casos que correspondan”.

 

El pago de estas indemnizaciones debía ser inmediato.

 

“Las diferentes instituciones deberán entregar el cheque cancelado, las prestaciones y los derechos adquiridos en la fecha en que se haga efectiva la renuncia, destitución justificada e injustificada, sin perjuicio de las acciones legales que puedan ejercer el servicio público por la violación a sus derechos laborales”,  agregaba el decreto.

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