San José, 28 de octubre de 2025.
Señor Diario La Prensa
PANAMÁ
Estimados señores:
El firmante Randall Chuken Varga, abogado, ciudadano costarricense portador de la cédula de identidad 1-0777-205, vecino de San José C.R., me dirijo a ustedes muy atentamente para solicitar el derecho a réplica con motivo de la inexacta publicación que hizo ese medio, el día 27 de octubre de 2025, titulada: “Escándalo en Costa Rica: el abogado que visitaba el palacio de las Garzas”.
En dicha publicación, de manera mal intencionada, se hace referencia a mi persona vinculándome con sociedades panameñas en las cuales supuestamente figuraba como dignataria la señora Teresa de Jesús Riaño Lancheros, insinuando una posible relación con hechos de naturaleza penal.
Ante tales aseveraciones infundadas y claramente escritas con una agenda previa, considero necesario y justo ejercer este Derecho a Réplica, a fin de aclarar los hechos y preservar mi integridad personal profesional y familiar.
En el año 2007, cuando adquirí las sociedades, era una práctica legal y plenamente reconocida en Panamá, la compra de sociedades anónimas ya constituidas (shelf companies) dichas sociedades eran formadas por despachos de abogados o agentes residentes panameños con el propósito de ser transferidas posteriormente a nuevos propietarios, quienes luego realizaban los cambios de directores o dignatarios, conforme lo autoriza la Ley 32 de 1927 sobre Sociedades Anónimas.
El procedimiento legalmente admitido incluía la cesión o endoso de las acciones a favor del nuevo propietario, la remoción de los dignatarios anteriores y nombramiento de los nuevos y la a protocolización e inscripción de los cambios en el Registro Público de Panamá.
La compra de sociedades ya constituidas y el cambio de personeros era —y sigue siendo— una práctica societaria válida y transparente, sin implicación alguna de irregularidad.
Al adquirir las sociedades en el año 2007, y conformarla con nuevos dignatarios, la señora Teresa de Jesús Riaño Lancheros fue removida de su cargo de dignataria (directora) de las mismas mediante los procedimientos legalmente establecidos e inmediatamente se procedió a sustituirla mediante acta y escritura pública inscrita en el Registro Público, conforme a los artículos 27 y 28 de la Ley 32 de 1927.
Aclaro enfáticamente que NUNCA conocí personalmente, ni mantuve relación alguna de carácter comercial, profesional ni personal con dicha señora- Su designación como dignataria se debía únicamente a su papel nominal y temporal, designada por el agente residente en la constitución original de las sociedades.
Soy un abogado que me enorgullezco de gozar de buen nombre en mi país, y ciertamente en otros países ya que gracias a mi profesión y bien hacer, tengo clientes que han confiado por años en nuestra persona. Eso de “Abogado misterioso” que su diario escribe en negritas, es tan burdo que prefiero obviarlo.
La “visita” al palacio de las Garzas en la Ciudad de Panamá la hice caminando como cualquier turista que recorre ese emblemático barrio, NO visité al Presidente Mulino, NO me reuní ni con él ni con ningún funcionario público y aún si lo hubiera hecho, estaría en mi derecho. Al igual que estoy en mi derecho de conocer presidente Chávez, ¿es ello un delito? No, no lo es.
Hablan en el artículo de una “licitación” que aclaro fue sólo una cesión que ni siquiera se dio ¿Que seguiremos trabajando, si, en Panamá, Costa Rica y donde exista una oportunidad de trabajar limpiamente como siempre lo hemos hecho.
Por las razones expuestas y en aras de la verdad, solicito la publicación íntegra del presente escrito, en el mismo medio y espacio en que se efectuaron las publicaciones que dieron lugar a esta aclaración.
Fundamento la presente solicitud en el artículo 14.1 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, articulo 69 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional.
Atentamente,
Lic. Randall Chuken Vargas
Abogado y Notario
Las réplicas son publicadas como son enviadas por su autor. La Prensa no modifica, edita o corrige su contenido.
Nota del editor: Sobre el contenido de la presente réplica, se hacen las siguientes acotaciones:
Sobre la adquisición de las sociedades a las que el ciudadano costarricense Randall Chuken hace referencia, este medio jamás ha hecho las aseveraciones que el abogado alude, ni tampoco existe agenda previa, como él afirma. La nota dice que la constitución de las tres sociedades anónimas fue en 2006 y que el quejoso entró en ellas meses después, en calidad de dignatario. No se señala que haya conocido a los dignatarios anteriores, como capciosamente alega. La noticia solo menciona que una de las integrantes de la sociedad, al momento de constituirse, tiene el mismo nombre que una mujer colombiana que fue detenida en una operación policiaca en 2008, en la que se incautaron más de 700 kilogramos de droga.
El abogado costarricense alega que su visita al Palacio de las Garzas la hizo “caminando como cualquier turista…”, lo cual sí es una novedad, pues ni a locales ni a turistas se les permite la entrada expedita solo porque caminan por el Casco Viejo. Sus explicaciones sobre supuestas visitas al presidente José Raúl Mulino son enteramente voluntarias, pues la nota aludida no menciona nada de eso, salvo que su fotografía bajando por las escalinatas internas del patio principal del Palacio de las Garzas, de acuerdo con fuentes costarricenses, es de data reciente.
