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El MEF entrega a la Alcaldía de Panamá el uso de un área valorada en $10 millones, en la cinta costera

El MEF entrega a la Alcaldía de Panamá el uso de un área valorada en $10 millones, en la cinta costera
La resolución del MEF fue adoptada por la Dirección de Bienes Patrimoniales del Estado, del MEF.

En plena tormenta por la asignación de tres fincas en la cinta costera para la construcción de un nuevo mercado del marisco, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha entregado el uso y administración de un “parque urbano” en esa misma zona, también al Municipio de Panamá, para un parque.

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El traspaso de fincas para el mercado del marisco debe declararse ilegal: Rigoberto GonzálezFábrega insiste en desarrollar el mercado del marisco

Si las tres fincas para el mercado están en el sector de Calidonia, la del parque está en El Chorrillo.

El parque, sus áreas de estacionamiento, mejoras y áreas verdes, cubren una superficie de 2.9 hectáreas y, según los avalúos del MEF y de la Contraloría General de la República, tiene un valor de $10 millones.

La cesión de este inmueble está contenida en una Resolución de la Dirección de Bienes Patrimoniales del Estado, que lleva la firma del ministro Héctor Alexander y el viceministro de Finanzas, Jorge Almengor. Fue adoptada el 12 de abril de 2022, pero recién se conoce ahora, ya que fue publicada en la Gaceta Oficial del 21 de noviembre de 2022.

La Alcaldía de Panamá solicitó el uso y administración del parque el 9 de febrero de 2022, para utilizarlo “exclusivamente” en la ejecución de un “proyecto en apoyo al Gabinete Turístico y así potenciar la oferta turística de la ciudad de Panamá”.

Actualmente, en la Corte Suprema de Justicia, hay una demanda contencioso administrativa en contra de una resolución del MEF del 24 de enero de 2022, que entregó tres fincas en la cinta costera, en Calidonia, para que el alcalde José Luis Fábrega construya un nuevo mercado del marisco, por $43 millones.

El procurador de la Administración, Rigoberto González, pidió a la Corte que declara que dicha resolución es ilegal, ya que riñe con la Ley 38 de 2000 (que regula el procedimiento administrativo general) y la Ley 6 de 2002 (Ley de Transparencia), que sostiene que las entidades estatales deben permitir la participación de los ciudadanos en todos los actos de la administración pública que puedan afectar sus intereses y derechos, concretamente los relacionados con la construcción de infraestructuras y con la zonificación.



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