RECURSOS LLEGAN A LOS MUNICIPIOS

El mapa de la descentralización

 Los alcaldes deben  invertir la mayor parte de la asignación recibida. La sociedad civil pide reforzar la participación ciudadana.

El mapa de la descentralización
La descentralización municipal fue promovida desde la Presidencia de la República.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) asignó a los municipios del país $151 millones procedentes del impuesto de inmueble recaudado en 2015 como primer aporte correspondiente al proyecto de descentralización de las administraciones públicas.

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Descentralización empieza desde hoy en el paísSin ratificar, secretaria de Descentralización

Esta iniciativa fue impulsada por la Ley 66 de 2015, que modificó la Ley 33 de 2009, cuya vigencia fue suspendida en la pasada administración hasta el 30 de junio de 2014.

A cada municipio del país le correspondió una asignación de acuerdo a una fórmula en la que se toma en cuenta la población y la recaudación de impuesto de inmueble de cada distrito.

Ericka González, secretaria nacional de Descentralización, explicó que la fórmula incluye un componente solidario para que los municipios más pequeños reciban, al menos, $500 mil al año.

Del total asignado a los consistorios locales, solo un 10% puede ser destinado para gastos de operación, lo que incluye pago de planilla, transporte, viáticos y equipos, entre otros, del personal nombrado para reforzar las estructuras y poder ejecutar los proyectos de inversión cumpliendo los parámetros de la ley.

En los municipios semiurbanos y rurales que lo requieran esa cantidad podrá ascender al 25% de la asignación. Esa parte de la cuota estará disponible para los municipios en una cuenta en el Banco Nacional de Panamá.

El resto, que debe ser la mayor parte de los recursos recibidos, tendrá que dedicarse a proyectos de inversión en áreas como educación, salud, deporte, recreación, infraestructuras, servicios sociales, turismo y cultura. La ley incluye una relación completa y específica de qué proyectos se pueden ejecutar con estos fondos.

Los fondos para los proyectos de inversión estarán en una subcuenta a nombre del municipio dentro de la Cuenta Única del Tesoro, manejada por el Ministerio de Economía y Finanzas.

La selección de los proyectos la hacen los municipios de acuerdo a sus necesidades y contando con la participación de la comunidad.

Luego son elevados a la Secretaría Nacional de Descentralización, que los presenta a un comité ejecutivo, integrado por varios ministros, representantes de municipios, pueblos originarios, así como el presidente de la Asamblea Nacional y el contralor general de la República.

La Ley 66 requiere de una reglamentación que desarrolle mejor el tema de la participación ciudadana en las decisiones sobre el gasto y la exigencia de rendición de cuentas”.


Carlos Gasnell
Transparencia Internacional

Este comité determinará la viabilidad de los proyectos, teniendo en cuenta que se ajusten a las áreas de inversión establecidas en la ley y que estén coordinados con las inversiones efectuadas por el gobierno central.

La licitación es efectuada por los municipios, de acuerdo a la Ley de Contrataciones Públicas, y publicada en el portal Panamacompra.gob.pa.

El consistorio debe dar seguimiento a la obra hasta su conclusión, y una vez terminado el trabajo, solicitan al MEF el traspaso electrónico de los fondos directamente a los contratistas. El dinero no pasa por el municipio.

Así se intenta evitar el mal uso de los fondos, uno de los grandes desafíos que enfrenta el proyecto de descentralización, ya que las alcaldías han visto cómo, desde este año, sus presupuestos se han multiplicado.

González explicó que hay tres niveles con los que se intentará prevenir la corrupción. La propia Secretaría Nacional de Descentralización, “donde estamos enterados de todos y cada uno de los proyectos”; la Contraloría General de la República, que debe refrendar los contratos; y la propia comunidad, a la que se quiere empoderar como fiscalizadora.

Es en este nivel donde algunos representantes de la sociedad civil advierten las debilidades en la ley.

Carlos Gasnell, presidente ejecutivo del capítulo panameño de Transparencia Internacional, señaló que “la Ley 66 requiere de una reglamentación que desarrolle mejor el tema de la participación ciudadana en las decisiones sobre el gasto y la exigencia de rendición de cuentas”.

Se refirió en concreto a la creación de una oficina de participación ciudadana, que según está redactada la ley, tendría un carácter opcional.

“Existe demasiada discrecionalidad en los artículos 136-D y 136-E, ya que indican que la participación será un requisito indispensable en la programación, planificación y ejecución de los proyectos, pero a la vez establece que la creación de una oficina de participación ciudadana será opcional. Debería ser obligatoria en algunos municipios y empezar ya a ensayarse mecanismos de diseño del presupuesto más científicos y participativos, y mucha transparencia en la rendición de cuentas sobre la ejecución del mismo”, planteó el abogado.

El artículo 136-E establece que “los municipios, para garantizar la participación ciudadana en el proceso de descentralización, podrán establecer una oficina de participación ciudadana para la recepción, divulgación y enlace para que los ciudadanos presenten sus iniciativas de proyectos y obras comunitarias, así como para recibir y presentar información de la gestión pública”.

Consultada al respecto, González dijo que sí es obligatoria la constitución de estas oficinas y que los municipios están contratando al personal para atenderlas.

En los seis primeros meses de vigencia de la ley, se han aprobado mil 369 proyectos en consulta ciudadana, que suman un monto de $302.7 millones. 463 obras han sido avaladas por el Comité Ejecutivo de Descentralización.

Del buen hacer de los municipios en este primer paso de la descentralización dependerá que con el tiempo reciban más competencias y más recursos.

 

El mapa de la descentralización
La descentralización municipal fue promovida desde la Presidencia de la República.

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