La presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), María Eugenia López, evitó responder preguntas sobre el fondo de compensación por retiro que les permitirá a los magistrados de la máxima entidad del Órgano Judicial jubilarse con el 100% de su último salario devengado en el ejercicio de sus funciones.
Con un simple “no, es que eso no es una circular”, López se refirió a la pregunta realizada por La Prensa, donde se le cuestionaba si dicha medida, establecida mediante el acuerdo No. 407 de 18 de julio de 2024, sería reconsiderada luego del amplio rechazo por diversos sectores.
El ministro de la Presidencia, Juan Carlos Orillac; el contralor general de la República, Anel Flores; la bancada Seguimos de la Asamblea Nacional; la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa (Apede); el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) y la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP) mostraron su rechazo a la jubilación especial de los magistrados.
Magistrada se niega a hablar de la jubilación especial que se está gestionando desde la Corte Suprema de Justicia.https://t.co/rLx5Yn2AoO pic.twitter.com/DknDr9Dbwx
— La Prensa Panamá (@prensacom) August 12, 2025
Por su parte, el ministro de Economía y Finanzas, Felipe Chapman, aseguró que le ha “comunicado por escrito” su desacuerdo con la medida, ya que considera que “eso no es cónsono con el mensaje que estamos enviando al país de prudencia fiscal y de un manejo riguroso de las finanzas públicas”.
El acuerdo, que lleva la firma de la magistrada López y los restantes ocho magistrados que la conforman, detalla que todo juez o magistrado, una vez alcance la edad de jubilación, tendrá derecho a una compensación económica acorde con su nivel de responsabilidad; dicha compensación económica conlleva el derecho a percibir la totalidad o un porcentaje de su último salario.
Para ello, la Caja de Seguro Social (CSS) asumirá el límite de las pensiones que le corresponda al juez o magistrado, y el resto deberá ser asumido por la CSJ.
“No afecta en nada porque la Caja va a seguir dando las jubilaciones que siempre ha dado. Cualquier emolumento adicional que una jubilación especial otorgue lo tiene que ver directamente cada órgano del Estado en su presupuesto”, dijo el director de la CSS, Dino Mon, respecto a la jubilación especial.
El argumento utilizado para justificar la creación de este fondo de compensación por parte de los magistrados de la CSJ está basado en que el artículo 208 de la Constitución Política precisa que los magistrados y jueces no podrán desempeñar ningún otro cargo público, excepto el de profesor de Derecho en centros de estudios universitarios, impidiendo de esa manera el ejercicio del comercio, así como cualquier otra fuente de ingreso para el magistrado, mientras dure su período constitucional.
Hasta el momento, la Corte Suprema de Justicia no ha emitido un pronunciamiento oficial sobre el alcance de esta jubilación.


