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Ingresos tributarios sufren el efecto Covid-19

Una actividad económica reducida por la pandemia genera menos impuestos. Además, para aliviar la carga a los contribuyentes, se aplazaron fechas límite de pago hasta el segundo semestre.

Ingresos tributarios sufren el efecto Covid-19
Para encontrar un primer semestre con una recaudación más baja que la registrada este año hay que remontarse al año 2010, según información facilitada por la Dirección General de Ingresos. Gabriel Rodríguez

Los ingresos tributarios son habitualmente la principal fuente de fondos para cubrir las operaciones y las inversiones que efectúa el Gobierno. Solo el año pasado representaron dos terceras partes (66%) del total de los ingresos corrientes del gobierno central.

Este año, a consecuencia de la pandemia del coronavirus, la caída de los ingresos está siendo notoria. Completada la primera mitad del año, los ingresos tributarios (en efectivo y con documentos fiscales) sumaron $1,752 millones. La cifra es un 37.6% o $1,056 millones inferior a los $2,808 millones recaudados en el mismo periodo del año anterior.

Para encontrar un dato peor al del primer semestre de este año, hay que remontarse al primer semestre de 2010, cuando se recaudaron $1,529 millones, según un balance histórico de la recaudación tributaria elaborado por el Departamento de Estudios Tributarios de la Dirección General de Ingresos (DGI).

El mismo comportamiento se observa en los ingresos corrientes del gobierno central, que además de los ingresos tributarios, incluye los aportes del Canal de Panamá y otras entidades públicas, así como de las empresas de capital mixto.

Así, los ingresos corrientes totalizaron en la primera mitad del año $2,279 millones, $1,194 millones o 34.4% menos que en el mismo periodo del año anterior.

La caída es un efecto directo de la pandemia de la enfermedad Covid-19 y se explica por dos fenómenos.

Por un lado, la restricción de movilidad y paralización de actividades económicas ha reducido la generación de ingresos por parte de empresas y personas, traduciéndose en un menor pago de impuestos. Algunos tributos, como el impuesto sobre la transferencia de bienes muebles y servicios (Itbms) o el impuesto selectivo al consumo, están directamente ligados a las ventas efectuadas en el año en curso. Si no hay ventas, no se genera el impuesto.

Por otra parte, la DGI extendió las fechas de pago y de presentación de declaraciones en un intento de aliviar las finanzas de personas y empresas.

Javier Mitre, abogado especialista en temas tributarios, explicó que habitualmente en marzo se presenta y se paga la declaración de la renta correspondiente al ejercicio anterior, en este caso 2019.

Ingresos tributarios sufren el efecto Covid-19

Ese vencimiento fue aplazado hasta el pasado 31 de julio, postergando así la entrada de los recursos al fisco.

Además, el pago de junio de lo que se conoce como impuesto estimado, que es un adelanto del impuesto sobre la renta, fue eliminado.

“De salida, es obvio que la recaudación va a quedar disminuida, porque ya no tienes el pago de marzo, que era el correspondiente al ejercicio anterior, y no tienes el pago de la primera estimada del mes de junio, que desaparece, ni siquiera se pospone”, comentó el especialista.

Otro de los impuestos que se empieza a pagar en el primer semestre y cuyo vencimiento fue postergado es el impuesto de inmuebles, tanto cuando se paga directamente como cuando es retenido por los bancos y otras entidades financieras. En este caso, la primera partida se debe pagar como tarde el 30 de abril, pero por la pandemia el límite se extendió.

El pago de muchos de estos impuestos fue aplazado hasta el 31 de julio, y por lo tanto, con la recaudación de ese mes debería producirse un mejor resultado que en los precedentes.

Para el resto del año, el Gobierno ha planteado a la Asamblea Nacional dos proyectos de ley que buscan incentivar el pago de impuestos y de cuentas atrasadas. Por un lado, se está proponiendo extender hasta diciembre la amnistía fiscal, que inició en octubre del año pasado y ya había sido prorrogada hasta junio. Así, los contribuyentes con cuentas morosas hasta el 29 de febrero podrían ponerse al día sin incurrir en recargos, intereses y multas.

Además, en otra iniciativa legal que se debate en la Asamblea se concede un descuento del 10% para los contribuyentes que cancelen en los tres meses siguientes a la promulgación de la ley, tributos que deban pagarse entre el 20 de marzo y el 31 de julio. Esto aplica para el impuesto sobre la renta, con excepción del que es retenido a empleados y no residentes; el aviso de operación; el impuesto complementario; y el impuesto de inmuebles.

Además de reducir la carga sobre el contribuyente, las medidas buscan incentivar el pago de impuestos y deudas.

La magnitud de la caída de los ingresos corrientes a final de año dependerá finalmente de cuánto tarde en controlarse la pandemia y cuánto se prolongue la paralización de la actividad económica. En el seno del Ministerio de Economía y Finanzas se manejan escenarios que incluyen una caída al cierre del año de $3,000 millones, lo que pone presión sobre las finanzas públicas y se traduce en una mayor contratación de deuda para cubrir el presupuesto.


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