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LISTAS NEGRAS

La Unión Europea basó su decisión en un examen de la OCDE de 2018

El organismo evidenció que en 140 solicitudes, de las 302 que recibió el país, Panamá proporcionó una información parcial o incompleta.

La Unión Europea basó su decisión en un examen de la OCDE de 2018
Según la OCDE, Panamá carece de una adecuada estructura organizativa para manejar las solicitudes de los países socios ya que irrrespeta los plazos establecidos para brindar una respuesta . Alexander Arosemena

Las instituciones tributarias panameñas fueron objeto de un examen para calibrar su cumplimiento con el estándar internacional sobre transparencia e intercambio de información fiscal durante el período comprendido entre el 1 de abril de 2015 y el 31 de marzo de 2018. El resultado de esta auditoría todavía genera consecuencias.

El ente examinador en aquel momento fue el Foro Global sobre Transparencia, el organismo de la OCDE que impone un marco de normas globales para erradicar los paraísos fiscales, y el resultado “poco cumplidor”.

La revisión, que incluyó visitas a la Superintendencia de Bancos de Panamá, el Registro Público y la Dirección General de Ingresos (DGI), así como informes redactados por las autoridades competentes, determinó la inclusión ahora del país en la lista negra de la Unión Europea (UE), lo que supone un desfase de casi dos años.

¿Qué motiva tal argumento, cuando se han aprobado leyes y aplicado estándares internacionales? El estudio de la OCDE es la base de todo.

Capacidad efectiva

El análisis de la OCDE puso el foco en la capacidad efectiva del país para cumplir con el intercambio de información tributaria bajo previa petición de una autoridad competente.

Esta obligación fue adquirida por el Gobierno de Panamá al firmar en París, en octubre de 2016, el Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal. Este nuevo marco legal fue ratificado por la Asamblea Nacional en marzo de 2017 y entró en vigor en julio de ese año.

Hasta la fecha, Panamá ha accedido a proceder al intercambio de información fiscal de forma bilateral, pero no automática, con 121 jurisdicciones.

A través de estos acuerdos entre pares, Panamá garantiza que otorgará la información concreta solicitada en los plazos previstos. Sin embargo, algunos de ellos, como Francia, se quejaron ante la OCDE de que Panamá no respetaba las reglas del juego al toparse con “problemas para obtener información con relación a los registros contables o información sobre la propiedad de entidades con acciones al portador”.

Según se subraya en el informe de la OCDE presentado en noviembre de 2019, durante los tres años que duró el período de revisión, Panamá recibió un total de 302 solicitudes de información y fueron enviadas 20. El organismo concluyó que Panamá carecía de una adecuada estructura organizativa para manejar las solicitudes de los países socios, ya que incurrió tanto en fallos en la comunicación por no respetar los plazos establecidos como en errores por falta de contenido en las respuestas. Las estadísticas que manejaba el organismo dejaban a Panamá en mal lugar.

El país incurrió en “graves casos de falta de entrega de información” en el 46% de los casos. De hecho, la OCDE evidencia que en 140 solicitudes de las 302 que recibió el país, proporcionó una “información parcial o incompleta”.

Unas 217 de esas peticiones tenían que ver con información relativa a los beneficiarios finales de una empresa con registro en Panamá. “En la mayoría de estos casos, Panamá no pudo ofrecer la información requerida sobre los registros de contabilidad”, se lee en el informe.

En cambio, el 7% de las peticiones recibidas no fueron admitidas por Panamá. La mayoría de ellas fueron declinadas porque no estaban bien dirigidas a la autoridad competente.

La OCDE también da cuenta de la avalancha de peticiones que invadió la administración tributaria del país después de la filtración de documentos del despacho de abogados Mossack Fonseca si bien se evidencia que en la mayor parte de los casos no había nexos con personas o transacciones bancarias en Panamá.

Desde el 1 de abril de 2015 y hasta el 31 de marzo de 2018, Panamá solo respondió el 20% de las solicitudes dentro del periodo establecido de 90 días.

Cuanto se cumple ese plazo, la regulación de intercambio de información tributaria prevé que la administración competente comunique al país demandante una nota relativa al estado de la petición de información fiscal. Pero Panamá solo lo hizo en el 59% de los casos. Según las estimaciones de la OCDE, en el 49% de los casos Panamá logró resolver la cuestión requerida en 180 días. Y el 74% de las demandas de información fiscal estaban resueltas al pasar un año.

Sin embargo, el 46% de las respuestas que dio fueron parciales y en el 13% de los casos no respondió correctamente la información solicitada.


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