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OPINIóN

La Corte Suprema mantiene la competencia en caso pinchazos telefónicos

La Corte Suprema mantiene la competencia en caso pinchazos telefónicos
La Corte Suprema mantiene la competencia en caso pinchazos telefónicos

La reiteración del amparo de garantías constitucionales interpuesto por el abogado Carlos Eugenio Carrillo para forzar la declinación de la competencia de la Corte Suprema de Justicia del caso de los pinchazos contiene un ejercicio robusto de jurisprudencia reciente de la propia Corte para justificar la decisión solicitada.

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Los argumentos de Carrillo son esencialmente que la renuncia o pérdida del estatus de diputado acaba con la competencia del máximo tribunal de juzgar a los miembros de la Asamblea Nacional y del Parlacen. El punto de Carrillo es correcto, pero la Corte Suprema ya había asumido competencia sobre el exdiputado del Parlacen y expresidente de la República el 8 de junio de 2015, cuando admitió el caso; y el 21 de diciembre de 2015 cuando ordenó la extradición y dictó la detención provisional.

Esta competencia se ratificó el 11 de junio de 2018, cuando el expresidente Ricardo Martinelli fue extraditado a Panamá. La certificación de la renuncia al Parlacen tiene fecha del 26 de junio de 2018. Para entonces, ya Martinelli y sus abogados habían realizado múltiples actos procesales que convalidaban la competencia de la Corte.

Se compara a menudo la situación del exdiputado y expresidente con la del exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia Víctor Benavides, quien renunció a su cargo “antes” de presentarse frente sus jueces de garantías, lo que evitó la competencia de la Asamblea Nacional.

En el caso de los pinchazos, ya se han hecho múltiples audiencias ante el juez de garantías y el pleno de la Corte Suprema de Justicia. La competencia de un tribunal no es prorrogable, es decir, no se puede cambiar a voluntad de las partes. Esa doctrina se llama perpetuatio jurisdictionis, una vez asumida la competencia, es perpetua.


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