Corte: noticia aportada no determina responsabilidad penal del diputado Rosas

El magistrado Abel Zamorano dijo, en un voto explicativo, que las noticias no tienen garantía de exactitud, precisión ni veracidad.

Corte: noticia aportada no determina responsabilidad penal del diputado Rosas
El diputado Jorge Alberto Rosas dijo no tener comentarios sobre el fallo de la Corte.

Al concluir que el denunciante “no aportó la prueba idónea que sugiera la existencia de hechos con apariencia punible”, el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió y ordenó el archivo de una denuncia penal presentada por el abogado Sofanor Espinosa contra el diputado panameñista Jorge Alberto Rosas.

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A título personal, Espinosa denunció el pasado 3 de marzo ante la CSJ al diputado Rosas por la supuesta comisión de delitos contra la administración pública (enriquecimiento injustificado) y blanqueo de capitales.

El exfiscal del Ministerio Público expuso parte de una noticia publicada en el diario La Estrella de Panamá el 16 de febrero pasado, según la cual la firma Rosas & Rosas prestó servicios legales a la sociedad Constructora Internacional del Sur y recibió por ello $1.4 millones. Según la noticia, esa sociedad está relacionada con Odebrecht.

“Con relación a esta noticia periodística citada por el denunciante, se advierte que no se ofrecen elementos de convicción que permitan corroborar si efectivamente la mencionada firma forense recibió esa suma de dinero, en circunstancias que sugieran la posible comisión de un hecho con apariencia punible”, concluyó el pleno.

Por lo tanto, sentenció “que la presente denuncia no cuenta con la prueba idónea necesaria para acreditar al menos indiciariamente que se han cometido hechos con apariencia de punible y que al mismo se encuentre vinculado... el diputado Jorge Alberto Rosas”.

Destacó que el único elemento de convicción aportado por Espinosa fue la noticia, que “si bien registra la ocurrencia del presunto hecho, no constituye prueba de la comisión de actos ilícitos, ni mucho menos determina la responsabilidad penal del diputado Rosas”.

El fallo, con ponencia de Hernán De León, tuvo el respaldo de todos sus colegas e incluyó el voto explicativo de Abel Zamorano, quien concluyó que, “aun cuando las noticias periodísticas quizás tengan valor relevante ante la población en general, por la relación dinámica que tiene la propia sociedad, desde la perspectiva jurídica, es decir, en el estricto campo de la ley, no tienen un valor probatorio per se respecto a la veracidad de su contenido, pues las noticias no son el resultado de un procedimiento o proceso conforme alguna norma jurídica procesal donde se tengan controles de autenticidad...”.

De León también es ponente de un proceso sobre el pago de sobornos de Odebrecht en el país y en el que se señala al diputado Rosas.

Este caso se inició a partir del envío a la CSJ de las copias de un expediente que instruye la Fiscalía Especial Anticorrupción sobre los sobornos, y en el que se incluyen declaraciones de Rosa Mari Molino y Juan Carlos Rosas O’Donnell –socios de la firma Rosas & Rosas–, quienes afirmaron que el diputado les dio instrucciones para que la firma se encargara del servicio de pago de planillas, a través del cual recibió más de $2 millones de Constructora Internacional del Sur, usada por Odebrecht para el pago de coimas en el extranjero.


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