Gobierno y Minera Panamá evalúan una solución legal luego del fallo de la CSJ

Gobierno y Minera Panamá evalúan una solución legal luego del fallo de la CSJ


Autoridades del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) y representantes de Minera Panamá se reunieron ayer, con el objetivo de encontrar una solución legal a su concesión, luego del fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que declaró inconstitucional la Ley 9 de 1997, que aprobó el contrato con Minera Petaquilla, S.A.

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Declaración de inconstitucionalidad de contrato causa preocupación en Cámara Minera

El titular del MICI, Augusto Arosemena, explicó que se trata de un tema “complejo” desde el punto de vista jurídico, debido a que de la Ley 9 se derivaron, de alguna manera, los contratos de Petaquilla Gold y de Minera Panamá.

“Analizamos si el fallo tiene algún impacto sobre Minera Panamá, y por el momento no queremos llegar a conclusiones precipitadas”, expresó el funcionario.

En tanto, Minera Panamá comunicó ayer que está en el proceso de examinar el fallo, para identificar los recursos legales adecuados que presentarán en este caso.

Secuelas

Esta semana, una buena parte del país celebró que el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declarara inconstitucional la Ley 9 de febrero de 1997, que aprobó la concesión a Minera Petaquilla, S.A.

El sector ambiental llegó a calificarlo como un “fallo histórico” y un “gran logro”, si se toma en cuenta el impacto que causa a la ecología la actividad minera en cualquier región donde se desarrolle. Además, sentaba un precedente a futuro sobre el tema.

En este caso, se trataba de una concesión de 13 mil 600 hectáreas de bosques valiosos para la región, ya que por allí pasa el Corredor Biológico Mesoamericano, una especie de área protegida de toda Centroamérica. Además, está cerca del Parque Natural Omar Torrijos y del área protegida de Donoso, en Colón (ver gráfica).

No obstante, el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) a través del titular de esa entidad, Augusto Arosemena, exteriorizó ayer que hay cierta “cautela” debido a que tal fallo deja un escenario legal “complejo”, ya que la Ley 9, además de permitir la operación de Petaquilla Gold, también dio pie al contrato de Minera Panamá. De hecho, ambas están dentro de las 13 mil 600 hectáreas dadas en concesión hace 21 años a la sociedad Minera Petaquilla.

Actualmente, ambas corren suertes distintas. En el caso de Petaquilla Gold, fue suspendida por el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) en 2013, en medio de problemas ambientales y económicos. Incluso, esto motivó en gran parte que no se le extendiera por 20 años la concesión de un poco más de 600 hectáreas como estaba establecido en la Ley 9.

En el caso de Minera Panamá, el MICI le otorgó una prórroga de 20 años para extraer cobre en Donoso. La resolución fue publicada en Gaceta Oficial el año pasado, y detalló que el área de concesión de 12 mil 955 hectáreas está vigente hasta el 28 de febrero del año 2037.

Antes de sustentar la vista fiscal de su entidad en la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional, Arosemena dio cuenta de que junto a representantes del Ministerio de la Presidencia y del Ministerio de Economía y Finanzas se reunirían en la tarde de ayer con directivos de Minera Panamá.

Según Arosemena, se trata de un tema complicado desde el punto de vista legal, pero buscarán la forma de dar garantía a la empresa para que pueda seguir operando.

“Ellos [Minera Panamá] han invertido 6 mil millones de dólares y cuentan con 12 mil empleados en Colón. Buscamos todas las salidas posibles para dar certeza a la empresa de que continuarán operando”, aportó.

Finalmente, reiteró que durante los próximos días seguirán “analizando” el fallo para no tomar una decisión o llegar a una conclusión de forma precipitada sobre la concesión minera.

Se consultó a Relaciones Públicas del MICI para conocer los detalles de la reunión a la que se refirió Arosemena, pero comunicaron que, por el momento, no se harían comentarios.

Conforme a las proyecciones de esa entidad, para el año 2019 Minera Panamá exportará cobre por unos 2 mil millones de dólares.

Minera se defiende

Por su parte, Minera Panamá aseguró que su concesión se mantiene vigente, pese al fallo de la CSJ.

En un comunicado de prensa, First Quantum Minerals Ltd. -empresa que posee el 90% de Minera Panamá- señala que el fallo afecta únicamente la promulgación de la Ley 9 de 1997, que aprobó el contrato con Minera Petaquilla.

“Minera Panamá está en el proceso de obtener y examinar formalmente el fallo y su aplicabilidad, y está trabajando con las partes apropiadas para identificar los recursos legales adecuados. Tales recursos necesitarían ser analizados por la Corte Suprema”, señala la empresa en su boletín.

Opinión contraria

Pese a los señalamientos del ministro de Comercio y de Minera Panamá, el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM), organización que presentó la demanda de inconstitucionalidad, tiene una opinión contraria sobre el futuro de Minera Panamá.

En ese sentido, el CIAM considera que todos los contratos y concesiones de distinta naturaleza que Minera Panamá, S.A. ha obtenido bajo el amparo de la Ley 9 de febrero de 1997, deben declararse nulos.

Un contrato-ley inconstituciona

La Ley 9 de 1997 era el contrato firmado entre la ministra de Comercio e Industrias Nitzia de Villarreal y el empresario Richard Fifer, estableciendo la concesión minera de Petaquilla. Esta ley fue recurrida por inconstitucional en dos ocasiones. La primera por Susana Serracín y la segunda por Ramón Sevillano Callejas.
Ambos recursos fueron acumulados por la Corte Suprema de Justicia. En su trayectoria, cada una de estas demandas tuvo la opinión contraria de las entonces procuradoras de la Nación Ana Matilde Gómez y Ana Belfon, respectivamente. A pesar de estas opiniones, la Corte hizo un análisis detallado en las 17 páginas del fallo.

En las deliberaciones judiciales, se le da prioridad al examen de las formalidades y de los requisitos procesales antes de evaluar el contenido del propio contrato-ley. Así, la Corte encontró suficiente fundamento para declarar la inconstitucionalidad del contrato-ley por el incumplimiento de los requisitos formales para efectuar una contratación pública y, sobre todo, por la omisión de los pasos para la aprobación de una ley por parte del Órgano Legislativo en esa época.
Según la Corte, la Asamblea Legislativa - actualmente Asamblea Nacional- había aprobado una ley con efectos retroactivos y con un blindaje contra futuras leyes, lo cual resulta manifiestamente inconstitucional. La Corte expresó su simpatía con las preocupaciones ambientales de los recurrentes y reconoció que tanto la Constitución panameña como las normas internacionales como el Protocolo de San Salvador y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, crean obligaciones exigibles al Estado.

¿Cómo queda la concesión de Minera Panamá? Los fallos de inconstitucionalidad, salvo los casos de consultas o advertencias de inconstitucionalidad, no son retroactivos. Todos los actos ejecutados por los servidores públicos y por los poderes del Estado tienen una presunción de legalidad que protege a los terceros. La Corte invalidó la forma en que el contrato fue aprobado y el proceso por el cual se adjudicó esa concesión.
El Gobierno de Panamá ha celebrado una multiplicidad de contratos y actos jurídicos con la empresa minera, distintos a la Ley 9 de 1997, los que -de ninguna forma- han sido declarados nulos o inconstitucionales. La concesión existente tiene validez y la inversión extranjera está protegida por los tratados ratificados por Panamá.

Una solución salomónica sería que el Ministerio de Comercio e Industria sanee la concesión, ajustándola a los criterios existentes a la legislación minera del país que, en su gran mayoría, son equivalentes al contenido del contrato-ley 9 de 1997.

El fallo que declaró inconstitucional este contrato-ley es una advertencia que debe ser tomada en cuenta por todos los gobiernos y por los aspirantes a cargos públicos: el incumplimiento de las normas de contratación o la manipulación de términos contractuales para favorecer un interés económico por encima de lo razonable, siempre tiene un alto costo para el país. Ahora tenemos un dilema contractual que nunca debimos haber enfrentado si se hubiera cumplido con todos los pasos que establecían las normas del país.

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