Una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 258 del 26 de noviembre de 2021, que le permite a la Corte Suprema de Justicia investigar administrativamente a altos cargos del gobierno, como ministros, el contralor y magistrados del Tribunal Electoral, fue presentada ayer ante el máximo tribunal.
Ernesto Cedeño, el abogado demandante, sustenta que la norma “extermina” el artículo 220 de la Constitución, en el que se establece que son atribuciones del Ministerio Público “vigilar la conducta oficial de los funcionarios y cuidar que todos desempeñen cumplidamente sus funciones”. Y el “el Ministerio Público será ejercido por el Procurador General de la Nación, el Procurador de la Administración, los Fiscales y Personeros y por los demás funcionarios que establezca la ley...”, según el artículo 219 de la propia carta magna.
Cedeño precisó que la rápida tramitación de esta ley, cuyo proponente fue el diputado del oficialista Partido Revolucionario Democrático (PRD) Roberto Ábrego, “revela intenciones de promover legislaciones para proteger el accionar de ciertos funcionarios”.
Tildó de “lamentable” que el presidente Laurentino Nito Cortizo sancionara esta norma que, a su juicio, es “un blindaje” y está hecha para evitar que personas de alto perfil hagan rendición de cuentas ante autoridades administrativas como la Procuraduría de la Administración y la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información.
La iniciativa surgió poco después de que el procurador de la Administración, Rigoberto González, acogió una denuncia contra el contralor general de la República, Gerardo Solís, por presuntas anomalías en la contratación directa de la empresa Venqis S.A., por la suma de $49 mil 487, para imagen y relaciones públicas.
Solís presentó un amparo de garantías constitucionales ante la Corte para tratar de impedir que la Procuraduría de la Administración lo siguiera investigando. Sin embargo, un fallo de la Corte, bajo la ponencia de la magistrada María Eugenia López, rechazó ese recurso tras concluir que González no violó ninguna norma.
Elia Díaz Núñez, esposa del diputado Roberto Ábrego, es la directora Nacional de Servicio Exterior, Incentivos Fiscales y Comerciales de la Contraloría. De hecho, Ábrego no tuvo reparos en mencionar el amparo de garantías que interpuso Solís en la exposición de motivos de la ley. Alegó, por ejemplo, que aunque la Corte no concedió el recurso a Solís, hubo votos concurrentes: el del magistrado Cecilio Cedalise y su colega Ángela Russo.
Cedeño también hizo énfasis en la acumulación de competencias que tiene la Corte. “Le da competencias al pleno de la Corte, que no tiene tiempo para muchas cosas, para investigar faltas administrativas. No puede ser que la Asamblea Nacional, en aras de congraciarse quién sabe con cuál persona de alto perfil, expida esta norma. Y lo más delicado es que recibe la sanción del presidente Cortizo (...)”, añadió.

