La Corte Suprema de Justicia admitió un amparo de garantías constitucionales que ataca actuaciones del administrador de la Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (Aupsa), Raúl Saucedo.
A través de un oficio fechado el 7 de mayo pasado, el magistrado Cecilio Cedalise notificó la admisión del recurso, interpuesto por los abogados de la empresa Hamzi S.A. contra una orden emitida por la Aupsa tras el decomiso de, al menos, 10 contenedores con arroz, durante el pasado mes de abril.
El amparo ataca principalmente la orden de la Aupsa de multar a la empresa con $80 mil, retener el cargamento de arroz y deshabilitar a la empresa Hamzi S.A., para cualquier trámite de tránsito o trasbordo, la cual fue divulgada a través de redes sociales y en medios de comunicación social.
“Al difundirse a través de redes sociales y otros medios de comunicación la imposición de sanciones, sin utilizar antes los canales de comunicaciones procesales, altera la ecuación teológica de los actos de comunicación procesal, su naturaleza y finalidad en el proceso. No es a través de redes sociales que las autoridades deben comunicar ni el inicio ni la existencia ni mucho menos la conclusión de una etapa del proceso, sino a través de las fórmulas procesales establecidas por la ley”, argumentan los abogados en el amparo de garantías constitucionales.
También denunciaron que a la empresa Hamzi se le violaron garantías constitucionales previstas en el artículo 32 de la Carta Magna, que dice: “nadie será juzgado si no por autoridad competente y conforme a los trámites legales, ni más de una vez por la misma causa penal, policiva o disciplinaria”.
Consultadas sobre este proceso, las autoridades de la Aupsa han subrayado en distintas intervenciones sobre este tema en las últimas dos semanas que en este caso el arroz fue introducido irregularmente en el país.
Afirman que el documento con que esa carga arribó al territorio nacional no es el documento sanitario que, de acuerdo con la convención internacional fitosanitaria, debe acompañar dicha carga.
