La Corte Suprema de Justicia (CSJ), bajo la ponencia de la magistrada Ángela Russo, rechazó un amparo de garantías del alcalde San Miguelito, Héctor Valdés Carrasquilla, contra una resolución del 17 de mayo del 2021 de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai) que lo sancionó con el pago del 50% de un mes de su salario por incumplimiento del derecho a acceso a la información
La sanción de la Antai se aplicó luego que no publicara en los meses de diciembre y enero del 2021 en el sitio web de la Alcaldía (musami.gob.pa) los proyectos institucionales, estructura y ejecución presupuestaria, estadística, programas desarrollados, designación de funcionarios, gastos de representación, actos públicos, costo de viajes y viáticos tal como lo dispone la Ley No 6 de febrero de 2002 (ley de transparencia).
Valdés Carrasquilla tiene un salario de $3 mil 500, pero sus ingresos llegan $8,900 si se le suman los gastos de representación y movilización.
La Antai, que dirige Elsa Fernández, inició el proceso contra Valdés Carrasquilla el 11 de marzo de 2021 en base a Ley 33 de 2013, que creó la Antai y que permite estas sanciones. A su vez el funcionario recurrió a la Corte a través de un amparo, alegando que la Antai violó sus derechos humanos, contenidos el artículo 8 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y los artículos 18 y 32 de la Constitución.
El alcalde sostuvo que no fue debidamente notificado del proceso y que él no era el responsable de colocar esos detalles en la página del Municipio de San Miguelito. Responsabilizó de esta tarea a un oficial de información del municipio.
Además, alegó que entre diciembre de 2020 y enero de 2021 el país estaba inmerso en la pandemia de Covid-19, por que parte de los funcionarios no se encontraban en sus puestos.
Agregó que el personal técnico encargado de las publicaciones del sitio web no contaba en su totalidad con la información requerida, dado que era muy compleja.
El 23 de mayo de 2021 la Antai emitió una resolución en la que advirtió al municipio que no había subsanado las anomalías encontradas.
Y que no fue sino hasta que la Antai solicitó el informe explicativo, a raíz del incumplimiento, cuando se designó a un oficial de información en el municipio.
El fallo de la Corte
El pleno de la Corte rechazó los argumentos de Valdés Carrasquilla al establecer que la Antai no violó sus derechos fundamentales y que Fernández no actuó de manera arbitraria.
Los magistrados consideraron que la actuación de Fernández no denota arbitrariedad y, por consiguiente, tampoco se corrobora una inminente y potencial vulneración de los derechos del demandante.
Así mismo, precisan que los elementos procesales incorporados al cuadernillo no se infieren indicios de una ostensible lesión a los derechos fundamentales.
En el pasado la Corte ha dejado sin efecto sanciones de la Antai. En septiembre de 2021 se conoció que la Corte, bajo la ponencia de José Ayú Prado, concedió un amparo de la expresidenta de la Asamblea Nacional, Yanibel Ábrego, contra una resolución de la Antai del 10 de agosto de 2018, en la que se sancionó a Ábrego con el pago del 50%, por entregar información inexacta e incompleta sobre la planilla 080 de los diputados.
Según Ayú Prado, la Antai no es competente para aplicar este tipo de sanciones cuando se trata de diputados.

