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Covid-19

Corte Suprema debe confirmar la reapertura de los casos

Ya se fijó el 17 de mayo como fecha para el reinicio de las labores en los despachos, pero los magistrados deben revisar esta semana si, en efecto, todo está listo.

Corte Suprema debe confirmar la reapertura de los casos
Los despachos están cerrados desde 19 de marzo. La Corte solo ha atendido hábeas corpus, amparos y advertencias de inconstitucionalidad. Archivo

El pleno de la Corte Suprema de Justicia debe decidir esta semana en sesión ordinaria si confirma o no la reanudación de los términos judiciales y, en consecuencia, de las funciones del Órgano Judicial en general, prevista para el 17 de este mes, según Acuerdo 161 del 30 de abril pasado.

Fuentes judiciales consultadas por este diario explicaron que antes de confirmar o prorrogar la reanudación de actividades, los magistrados deben evaluar el escenario nacional y homologar sus criterios con las disposiciones adoptadas por el Ministerio de Salud (Minsa) respecto a la pandemia del nuevo coronavirus.

Además de las recomendaciones que les haga el Minsa, los nueve miembros del pleno deben determinar si cuentan o no con los recursos necesarios para la implementación de las medidas de seguridad y sanitización de las instalaciones del Órgano Judicial en todo el país.

Desde que se confirmó el primer caso de coronavirus en el país el 9 de marzo pasado, seis funcionarios judiciales han resultado positivos a las pruebas de Covid-19, mientras que un número no especificado ha sido enviado a cuarentena, como posibles contactos.

En marcha

Pero mientras los magistrados se reúnen y deciden si se mantiene o no la fecha de la reapertura, está previsto que desde hoy, lunes 11 de mayo, arranque el proceso de adecuación previo a la reapertura de juzgados y tribunales y la consecuente reanudación de los plazos judiciales.

Los despachos permanecen cerrados y por ende los procesos suspendidos desde el pasado 19 de marzo, como una medida para frenar el avance del virus en el país.

Durante ese tiempo, la Corte solo le ha dado trámite a los recursos de habeas corpus, amparos de garantías constitucionales y advertencias de inconstitucionalidad, mientras que el sistema penal acusatorio (SPA) ha tramitado los casos de delitos descubiertos en flagrancia, cuyo control debe ser regulado por los jueces de garantías.

A través del acuerdo 161, el pleno de la Corte ordenó que desde hoy y hasta el 15 de mayo los jefes de despachos judiciales y administrativos que tengan a su cargo personal, deberán retornar a sus puestos de trabajo para aplicar las medidas de reorganización y determinar el personal requerido para ello.

Además, se deberán establecer medidas de bioseguridad para la prestación del servicio.

Durante este proceso el personal de los despachos judiciales deberá poner al día la resolución de los recursos presentados y elaborar un cronograma sobre el avance de todos los procesos que están en los despacho.

Asimismo, están obligados a fijar un protocolo de bioseguridad, que incluye medidas de distanciamiento y uso de mascarillas por parte del personal y los usuarios del sistema.


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