Tres demandas de las seis de inconstitucionalidad presentadas ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) contra decretos expedidos por el Consejo de Gabinete y el Ministerio de Salud en los que se aplican restricciones a la movilidad de la población por consecuencia de la pandemia de Covid-19 fueron admitidas por esa corporación de justicia. La última de ellas, interpuesta por los abogados Rubén Elías Rodríguez y Carlos Alberto Álvarez. fue admitida la semana pasada por el magistrado Carlos Vásquez.
La demanda de Rodríguez y Álvarez fue presentada contra el decreto ejecutivo 490 del pasado 17 de marzo de 2020 que aplica el toque de queda en todo el país. Sin embargo, esa misma semana en la secretaría de la Corte se recibieron otros tres recursos contra resoluciones dictadas por el gobierno durante la pandemia.
Se trata de la demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado Raúl González Rodríguez contra la resolución de gabinete No 11 de 13 de marzo de 2020 del Consejo de Gabinete decretó el estado de emergencia. La abogada Alejandra Chong T., en representación de la Confederación Nacional de Unidad Sindical Independiente (Conusi), también presentó una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte, pero contra la Ley 157 de agosto de 2020 que aplica medidas temporales de protección a las empresas afectadas por la Covid-19.
La firma Concepción y Asociados, en representación de Abelardo Herrera y Gustavo Herrera, presentó un amparo de garantías constitucionales contra el decreto ejecutivo No 490 de 17 de marzo de 2020 que impuso el toque de queda.
Estos recursos se unen a otros nueve, seis demandas de inconstitucionalidad y tres amparos de garantía interpuestos contra decretos relacionados con restricciones de garantías fundamentales impuestas a raíz de la pandemia.
El abogado Ernesto Cedeño, quien también presentó un amparo contra estas resoluciones, calificó como tardía la admisión de estas demandas, ya que cuando se resuelvan las medidas estarán sin efecto.
