La Corte Suprema de Justicia admitió dos de las demandas de inconstitucionalidad formuladas contra decretos y resoluciones que imponen restricciones a la movilidad en medio de la pandemia y que, según los demandantes, condicionan algunos derechos fundamentales.
La primera demanda de inconstitucionalidad fue presentada por el abogado Rony Batista contra la resolución de gabinete No 1 del 13 de marzo de 2020, por medio de la cual se dictó el estado de emergencia.
En cambio, la otra demanda fue presentada por el abogado Víctor Baker contra la resolución No 492 de junio de 2020, dictada por el Ministerio de Salud, que establece el toque de queda en Panamá y Panamá Oeste.
Fuentes del Órgano Judicial informaron que la demanda presentada por Batista, que quedó en el despacho del magistrado Hernán De León, fue enviada al procurador de la Administración, Rigoberto González, para que emita opinión sobre los argumentos presentados por el demandante.
En tanto, el recurso interpuesto por Baker, que está en manos del magistrado Olmedo Arrocha, fue enviada al procurador general la Nación, Eduardo Ulloa, para que de su opinión.
Entre otros aspectos, la demanda de Batista solicita que se respete el estado de derecho, tras considerar que la emergencia nacional decretada por el Consejo de Gabinete fue únicamente para la contratación especial de bienes, servicios y obras, aunque ha sido utilizada para justificar y fundamentar la mayoría, por no decir todas, las decisiones que han adoptado distintos ministerios.
Entretanto, la demanda presentada por el abogado Baker concluye que la resolución No 492 del Ministerio de Salud viola garantías constitucionales.
Además de estos dos recursos, la Corte tramita otras seis demandas y amparos de garantías que, empero, no han sido admitidos.
Entre esas acciones están los amparos de garantías constitucionales presentadas por los abogados Ernesto Cedeño y Eugenio Paz contra la resolución 360 del de 30 de marzo de 2020, que restringe la movilidad. Así mismo, el amparo presentado por los abogados Jaime y Raúl Molina contra la resolución 490 del Ministerio de Salud, que aplica el toque de queda.
La Fundación Libertad advirtió que si bien se entiende la situación compleja por la pandemia, estas normas afectan garantías fundamentales.
