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PROYECTO DE LEY

Proponen incluir a menores en programas de esterilización

La Comisión de Salud de la Asamblea Nacional prohijó una iniciativa que deroga la Ley 7 de 2013 y crea un nuevo marco regulatorio para la esterilización femenina y masculina.

Proponen incluir a menores en programas de esterilización
Las menores podrían ser esterilizadas con su consentimiento; actuando por medio de su tutor o persona legalmente responsable, y por recomendación médica, entre otros requisitos. Archivo

Que las mujeres de escasos recursos económicos puedan esterilizarse aunque no tengan hijos y que las menores de edad también puedan someterse a este procedimiento son algunas de las propuestas del proyecto de ley 264, prohijado por la Comisión de Salud, Trabajo y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional.

Esta iniciativa deroga la Ley 7 del 5 de marzo de 2013 y crea un nuevo marco regulatorio para la esterilización. Llegó al Legislativo impulsada por la ciudadana Haydée Méndez, quien en la exposición de motivos plantea que la Ley 7 de 2013 –que establece el marco regulatorio para la esterilización femenina– no considera “el derecho [que tienen las mujeres] a decidir sobre su vida reproductiva conforme a la ley, así como el número de embarazos y cuándo tenerlos”.

“Así como se prohíbe la esterilización forzada, no se debe obligar a una mujer a tener hijos como requisito para acceder a la esterilización, ya que esto equivale a una maternidad forzada. Y el derecho de todos los seres humanos a ser considerados iguales ante la ley, ya que la ley en comento crea privilegios a favor del sexo masculino”, sostiene.

De acuerdo con Méndez, la Ley 7 fija condiciones para que las mujeres tengan acceso a la esterilización, que no establece para los varones. “Los varones tienen plena libertad para solicitar la esterilización sin tener hijos y sin recomendación médica, con el solo requisito de que se les informe que es una cirugía electiva, sobre sus riesgos y complicaciones y que su efecto es permanente. Por el contrario, a las mujeres se les exige que sean mayores de 23 años, tengan un mínimo de dos hijos y una recomendación médica”, plantea.

En la sustentación del proyecto ante la Comisión de Salud –que preside el perredista Crispiano Adames–, Méndez argumentó que hay cifras alarmantes de embarazos en adolescentes en el país.

Precisamente, Méndez demandó en 2015 ante la Corte Suprema de Justicia la Ley 7 para que se declarara inconstitucional el artículo 3 y el numeral 2 del artículo 4, que señalan que las mujeres mayores de 23 años y con dos hijos o más podrán solicitar a los centros de salud u hospitales del sector público del país la práctica gratuita de la esterilización, siempre que cumplan los requisitos establecidos, y dejan claro que para que una mujer se esterilice requiere, entre otros requisitos, una recomendación médica.

No se sabe cuál es el resultado de la demanda que presentó Méndez.

Lo que se propone

El proyecto 264 busca, entre otros aspectos, que se establezca el marco regulatorio para la esterilización de hombres y mujeres no asegurados que así lo soliciten, considerando que todos tienen derecho a decidir sobre su vida reproductiva, y las mujeres a decidir sobre el número de sus embarazos y cuándo tenerlos.

Añade que “toda persona mayor de edad no asegurada que carezca de recursos económicos podrá solicitar a los centros de salud hospitalarios del sector público la esterilización, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en la presente ley. La Caja de Seguro Social tiene la obligación de efectuar el procedimiento quirúrgico a los asegurados, siempre que medie petición voluntaria de la persona al médico tratante”.

Las esterilizaciones de hombres y mujeres mayores de edad procederán siempre que se cumplan cuatro requisitos: petición voluntaria al médico tratante; si es mujer, que cuente con la prueba de no embarazo; si el paciente padece de enfermedad mental acreditada, incluir solicitud médica del tutor o la persona legalmente responsable, y constancia de que el peticionario sabe de métodos anticonceptivos alternos.

No se procederá a la esterilización cuando haya un desistimiento y cuando no se presente prueba de que la persona ha sido informada sobre métodos alternativos anticonceptivos.

Menores

Se podrá proceder a la esterilización de menores de 18 años de edad con su consentimiento; siempre actuando por medio de su tutor o de la persona legalmente responsable; por recomendación médica; cuando la menor padezca alguna enfermedad o defecto y el embarazo y parto pueda poner en peligro su vida o su salud; si la menor tiene dos o más hijos y carece de recursos económicos para su crianza, y si padece de enfermedad mental acreditada y consta la solicitud médica, del tutor o la persona legalmente responsable de ella.

Debate amplio

En la sustentación del proyecto, el diputado Adames recordó la lucha que se llevó a cabo para la aprobación de la Ley 7 de 2013 que, según afirmó, en su momento fue considerada un avance.

Anunció que hará un amplio debate sobre la iniciativa, pues, a su juicio, es importante que sea considerada como un derecho de la mujer. “Sobre la edad, ahí vamos a conversar bastante. Va a ser un foro abierto”, adelantó.

“Me decía un diputado que uno no puede esterilizar a nadie que no tenga hijos, pero el problema es que tenemos una población con una alta cantidad de embarazos precoces y que son menores de edad”, indicó.

“Cuando luchamos por esta ley […] y desarrollamos el proyecto de ley de salud sexual y reproductiva, que es un derecho de la mujer, hicieron un marcha de ciento y pico mil personas, con versículos en mano, y el proyecto fue enterrado. Pero el problema sigue allá afuera, igualito o peor, y no hay pronunciamiento de nadie, ni de la religión, la cultura o la ciencia médica”, acotó.

Insistió en que es importante que se abra la discusión sobre el proyecto “sin prejuicios, con calidad científica y datos”.


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