Un anteproyecto de ley que busca reformar algunos artículos del Código Procesal Penal sobre la competencia para juzgar al presidente de la República, diputados y magistrados, fue presentado este jueves 30 de agosto en la oficina de Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional.
La iniciativa fue presentada por el abogado y exembajador de Panamá en Paraguay, Roberto Ruiz Diaz. El documento plantea reformar los artículos 39, 478 y 487 del Código Procesal Penal, los cuales hacen referencia a la competencia que tiene la Corte Suprema de Justicia y la Asamblea Nacional para procesar a algunos funcionarios de jerarquía.
"Ante la falta de carácter de los magistrados de la Corte Suprema que han preferido rechazar amparos por defectos de forma y no entrar a decidir si son competentes o no, he presentado esta iniciativa para que se mantenga el orden legal y no sea la interpretación de una sola persona la que defina el futuro del sistema penal acusatorio en materia de juicios especiales contra el presidente de la República, magistrados y diputados en el futuro", dijo.
Un caso reciente fue el del expresidente Ricardo Martinelli, quien en la actualidad enfrenta un proceso por la presunta comisión de los delitos de peculado y contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad. Martinelli se juramentó en 2014 como diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), por lo que la Corte debía de procesarlo.
Sin embargo, Martinelli anunció en junio pasado su renuncia como diputado del Parlacen. El pleno, sin embargo, decidió mantener la competencia.
"Al analizar el contenido de las normas constitucionales y del Código Procesal Penal se puede apreciar que existe un vacío jurídico en cuanto a la situación en la cual se encontrarán aquellos funcionarios o diputados que su periodo en el cargo ha vencido, ya sea por el término por el cual fueron electos o designados, o bien por muerte o renuncia al mismo", señaló Ruiz Diaz.
Destacó que se requiere delimitar el ámbito de competencia del juez natural que debe juzgar al presidente, vicepresidente de la República, los magistrados y diputados. Así mismo se requiere determinar sobre quién recae la competencia en caso de pérdida de la condición que le permite tener la prerrogativa de ser juzgado mediante procesos especiales ante la Corte o Asamblea.
"Sería ilógico que un presidente de la República pueda seguir siendo juzgado luego de haber concluido su período para el cual fue electo, por la Asamblea o bien magistrados y diputados a los cuales se les vence su período o renuncian al mismo", agregó el abogado.
La propuesta presentada dice, por ejemplo, que en caso de la pérdida del cargo de magistrado, al momento de su investigación o juzgamiento por término de su período, muerte o renuncia, la Asamblea se inhibirá de su conocimiento y competencia. Igual caso cuando un diputado renuncia, se le termina su período o fallece, el pleno de la Corte debe inhibirse de su conocimiento y competencia.



