La Fiscalía Especial Anticorrupción podrá seguir investigando los sobornos que pagó Odebrecht en Panamá.
El pasado 6 de enero de 2020, el Primer Tribunal Superior de Justicia concedió el amparo de garantías constitucionales que presentó la fiscal Zuleyka Moore, a fin de que se revocara la decisión del juez penal Óscar Carrasquilla, que le negó la prórroga.
El Tribunal -conformado por los magistrados Olga Rujano (ponente), Lilianne Ducruet y Miguel Espino- considera que la “investigación preparatoria” en el caso Odebrecht puede ser extendida hasta por 5 meses y 8 días, ya que del último año de prórroga concedido a la fiscalía (contados a partir del 25 de abril de 2018), únicamente han transcurrido seis meses y 22 días (que deben computarse del 25 de agosto de 2018 al 19 de marzo de 2019).
Moore alega que hace falta indagar al menos 15 personas y que tiene que analizar órdenes de pago correspondientes al periodo 2006-2009, cuando Martín Torrijos (2004-2009) gobernó el país. También busca extender la investigación al periodo presidencial de Juan Carlos Varela (2014-2019). Actualmente, la pesquisa incluye los años 2010-2014, cuando Ricardo Martinelli era gobernante.
A la fecha, ya se han girado 82 indagatorias y 123 asistencias internacionales; se han analizado 495 cuentas bancarias y 416 sociedades utilizadas para el lavado de activos. Además de los 82 imputados, hay 122 “sujetos relacionados” con la investigación: bancos, casas de valores, asesores de inversión, fiduciarias, oficinas de abogados, entre otros.
El Tribunal también dispuso reconocer a los imputados Ricardo Alberto y Luis Enrique Martinelli Linares -hijos del expresidentes Ricardo Martinelli (2009-2014) y Federico Suárez (ministro de Obras Públicas en aquel gobierno), así como a Aarón Ramón Mizrachi Malca, como “terceros interesados”.
El 19 de marzo de 2019, la fiscal Moore solicitó al juez Carrasquilla extender el término para concluir la investigación. La petición fue denegada por “improcedente”, razón por la que la fiscal presentó el amparo ante el Primer Tribunal Superior, alegando violaciones al debido proceso, consagrados en el artículo 32 de la Constitución, y en la Convención Americano de Derechos Humanos, relativos a las garantías judiciales y a la protección judicial. El caso es calificado como delincuencia organizada bajo los parámetros de la Ley 121 de 2013, sobre causas complejas, por lo que sus plazos de investigación y de detención preventiva pueden ser adecuados.
El juez Carrasquilla sostiene que la investigación se ha mantenido por tres años y siete meses. No obstante, según la fiscalía, la causa ha estado gran parte del tiempo paralizada total o parcialmente por diferentes recursos presentados por los abogados de los imputados, y -efectivamente- ha permanecido abierta por un año, nueves meses y cinco días. De hecho, la fiscal Moore precisa que los defensores han interpuesto 184 incidencias y 14 amparos, y han invocado 10 fueros penales electorales.
El Código Procesal Penal, en su artículo 504, contempla que, una vez la investigación ha sido declarada compleja, la fiscalía puede solicitar dos prórrogas, de un año cada una.

