En manos de la Corte Suprema de Justicia ha quedado la demanda de los representantes de corregimiento, alcaldes y vicealcaldes de mejorar sus ingresos luego de que ayer se presentó ante esa corporación de justicia una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 376 del 31 de marzo de 2023, que les permite escoger cuál salario quieren recibir si al momento de ser electos ya tenían un cargo público.
La demanda presentada por el abogado Ernesto Cedeño está dirigida contra los artículos 1 y 2 de la Ley 376, en los que se establece la posibilidad de que los alcaldes y representantes de corregimiento puedan optar por mantener el salario más alto que devengaban tras solicitar una licencia.
La Ley 376 establece que las autoridades locales que “al momento de resultar electas laboran como servidores públicos se acogerán a una licencia sin sueldo durante el periodo que ejerzan el cargo de elección popular”. Pero si el salario que le corresponda al cargo de representante o alcalde es inferior al que perciben en dicha institución estatal, “podrán acogerse a una licencia con sueldo”, pero antes deben renunciar al sueldo que les corresponde en el gobierno local.
La demanda presentada por Cedeño plantea que los artículo 1 y 2 de la Ley 376 viola directamente el artículo 19 de la Constitución, debido a que establece un distingo legal a favor de un solo tipo de ciudadanos, los que pertenecen a los gobiernos locales.
El recurso señala que el artículo 1 de la citada norma legal permite que aquellos alcaldes y representantes, que al momento de su elección ya tienen un cargo público, escojan cuál de los dos salarios quieren recibir: el que les corresponde en el gobierno local o el que cobran como servidor en alguna entidad, lo que implica un trato favorable para este grupo de personas, en detrimento de otras.
También plantea que en un fallo del pasado 5 de julio del 2012 la Corte Suprema de Justicia señaló que no habrá fuero ni privilegios ni discriminación por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas y que el Estado tiene la obligación de eliminar los tratos discriminatorios que existan entre los grupos que se encuentran en ventaja, y aquellos que por una determinada circunstancia, esta en una situación desventajosa.
Hace 31 días la Corte Suprema de Justicia rechazó un amparo de garantías constitucionales, impulsado por autoridades locales, contra una nota de la Contraloría con fecha del 6 de junio del 2022, que suspendió el pago de las licencias con sueldo a alcaldes, vicealcaldes y representantes de corregimiento y sus suplentes.
La Contraloría suspendió el pago de las licencias con sueldo a estos funcionarios, a raíz de un fallo de la Corte del 14 de marzo del 2022 que declaró inconstitucional que los representantes de corregimiento, alcaldes y vicealcaldes tuvieran licencias con sueldo
La Ley 376 fue sancionada por el presidente Laurentino Cortizo el pasado 31 de marzo.


