El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) acogió un amparo de garantías contra el artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. 541 de 21 de abril de 2020, que ordenaba la emisión de un salvoconducto a cargo de la Autoridad de Innovación Gubernamental (AIG), para movilidad de los abogados idóneos en el ejercicio de su profesión durante la pandemia de Covid-19.
El fallo bajo la ponencia de la magistrada Angela Russo, destaca que “los abogados son auxiliares de la justicia y que lo medular de este amparo de garantías constitucionales guarda relación con la incidencia directa que la profesión de abogado tiene en la salvaguarda y defensa de un Estado de derecho”.
Ademas, sostiene que analizando el acto recurrido, la Corte estima que le asiste la razón al activador constitucional, toda vez que se encuentra probada la violación a la garantía fundamental del debido proceso contemplada en el artículo 32 de la Constitución, por consiguiente se concede la Acción de Amparo de Garantías Constitucionales.
La demanda fue presentada por el abogado Roberto Ruiz Díaz, luego que se estableciera que la AIG emitiría salvoconductos para la circulación de los abogados.

