La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), con sede en Costa Rica, pidió al Gobierno de Costa Rica que explique las razones por las cuales la Sala Constitucional acogió un recurso de inconstitucionalidad y frenó la puesta en marcha del decreto que regularía la fertilización in vitro (FIV) en el país.
Los representantes de las víctimas presentaron ayer un documento ante la Corte, por haber detenido la aplicación de la FIV y pidieron al Tribunal que apruebe el decreto como instrumento legal.
Ante la solicitud, la CorteIDH envió una carta en la que indica al Estado que "presente sus observaciones al referido escrito (...) el cual debe ser remitido a más tardar el 15 de octubre de 2015". "Asimismo, se requirió a Costa Rica aporte la copia de la referida decisión de la Sala Constitucional", cita el documento.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada el pasado 15 de septiembre por diputados de distintos sectores religiosos, autodenominados "pro vida", que se vienen oponiendo a la FIV y cuyo objetivo es abrir la vía para plantear una acción de inconstitucionalidad en contra del decreto.
El bloque de diputados cristianos de los partidos Restauración Nacional (PRN), Renovación Costarricense (PRC), Alianza Demócrata Cristiana (ADC) y Unidad Social Cristiana (PUSC), han sido los principales opositores de un proyecto de ley sobre la materia que se tramita en el Congreso, el cual no ha mostrado mayor avance desde hace un par de años.
En el año 2000, la Sala Constitucional de Costa Rica decidió que la FIV era inconstitucional, al interpretar que la vida comienza desde la concepción y que la técnica médica permitía desechar o destruir seres vivos.
El decreto firmado por el presidente Luis Guillermo Solís a inicios de septiembre permite que cualquier mujer mayor de edad, soltera o con pareja acuda a la técnica reproductiva pero con algunos requisitos, como ser infértil y haberse sometido a otras técnicas menos invasoras.
Además, solo se permitirá la transferencia de dos óvulos fecundados como máximo.
El texto prohíbe que los óvulos fecundados sean desechados, comercializados, destruidos, clonados, alterados genéticamente, que se experimente con ellos y tampoco se podrá realizar selección genética y la fisión.
En noviembre de 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) declaró que la prohibición de la FIV en Costa Rica constituye una violación de los derechos humanos y ordenó al país centroamericano que la reactivara.
