En Panamá, Ricardo Martinelli es el primero en correr por una candidatura de elección popular desde la cárcel.
La Constitución y el Código Electoral se lo permiten, ya que el expresidente, a quien la Corte Suprema de Justicia procesa por el caso de los pinchazos, no ha sido condenado.
"Es el único caso que hemos tenido. Creo que por esas circunstancias es que en los reglamentos de las primarias se contempló la facilidad de que los que deseaban postularse, pudieran hacerlo por medio de un apoderado, es decir, otorgando poder, pues no tenía la capacidad de poder comparecer personalmente al lugar donde tenía que hacer la presentación de su postulación (...)", explicó el magistrado del Tribunal Electoral, Eduardo Valdés Escoffery.
Casos similares se han registrado en varios países del mundo. Ocurrió, por ejemplo, en Perú, México y Brasil.
En las elecciones de 2016 en Perú, Gregorio Santos, del partido Democracia Directa, fue candidato presidencial desde la cárcel de Piedras Gordas, en Lima, capital del país sudamericano.
Santos, quien fue gobernador de Cajamarca entre 2011 y 2014, al momento de postularse era investigado por delitos colusión y asociación ilícita para delinquir.
Mientras que en México, durante los comicios de julio de este año, desde prisión, Alfonso Miranda Gallegos, y Francisco López Villafranca, ganaron las alcaldías de Morelos y Tamaulipas, respectivamente.
El primero tiene cargos por secuestro y delincuencia organizada. El segundo por homicidio y asociación delictuosa, de acuerdo a una publicación de Animal Político, del pasado 3 de julio.
EL CASO DE LULA
También hizo ruido el hecho de que el expresidente de Brasil, Luis Inacio Lula da Silva, lanzara su candidatura a la presidencia de su nación en agosto de este año desde la cárcel de Curitiba, donde está confinado por una secuela del caso Lava Jato.
Sin embargo, el líder de la izquierda latinoamericana, quien fue condenado a 12 años de cárcel por corrupción y lavado de dinero, vio aplastada la posibilidad de regresar al poder luego de que el Tribunal Superior de Brasil no se lo permitiera.
PANAMÁ Y LA POLÉMICA RESIDENCIA ELECTORAL
En el país, la postulación de Martinelli como precandidato a diputado por el circuito 8-8 revivió el debate sobre la interpretación que se da al término residencia electoral y las ventajas que esta le otorga a la clase política.
Esto, luego de que el artículo 153 de la Constitución establece que uno de los requisitos para ser diputado es “ser residente del circuito electoral correspondiente por lo menos un año inmediatamente anterior a la postulación”.
Martinelli se fue del país el 28 de enero de 2015. Se instaló en Miami, Estados Unidos, y regresó extraditado el pasado 11 de junio para que responda por el proceso que le sigue la Corte Suprema de Justicia por supuestamente haber ordenado espiar a 150 personas, durante su gobierno.
Sin embargo, la ley electoral –de acuerdo a conocedores de la materia– privilegia a los candidatos al aceptarles postularse por ejemplo, con solo tener negocios en el circuito que buscan representar, o si tiene otros vínculos en esa zona, por ejemplo.
El viernes pasado, el magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Jerónimo Mejía, quien funge como juez de garantías en el proceso que se le sigue al expresidente, negó un permiso para que este acudiera a votar este domingo 30 de septiembre.
"El Tribunal Electoral no ha regulado la forma cómo los privados de libertad que no han sido condenados puedan votar en las elecciones primarias de su partido. Y si lo han regulado, la defensa no lo acreditó", sentenció.
