Demanda contra la Policía Municipal: empieza el periodo de alegatos

El magistrado ponente del caso es Carlos Villalobos Jaén.

Demanda contra la Policía Municipal: empieza el periodo de alegatos
Policía Municipal de Panamá. Cortesía

El periodo de alegatos dentro de la demanda de inconstitucionalidad contra la creación de la Policía Municipal de la Alcaldía de Panamá ya comenzó.

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La Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) notificó al demandante, el diputado Ernesto Cedeño, y al Consejo Municipal de Panamá que el periodo de 10 días hábiles para presentar sus argumentos comenzó el 9 de septiembre.

El magistrado ponente del caso es Carlos Villalobos Jaén.

Cedeño, diputado de la bancada Seguimos, demandó ante la Corte el Acuerdo Municipal No. 162 del 17 de junio de 2025, aprobado por el Consejo Municipal, mediante el cual se creó la Policía Municipal, a solicitud de la Alcaldía de Panamá, dirigida por Mayer Mizrachi.

Dentro de este proceso, la Corte solicitó la opinión del procurador de la Nación, Luis Gómez Rudy, quien señaló en su escrito que, a su consideración, la creación de esta policía es “inconstitucional”.

El procurador opinó que algunas de las facultades atribuidas a la Policía Municipal, como el reclutamiento, la requisa corporal, el registro de vehículos, el uso de la fuerza no letal y letal, la aprehensión y la detención preventiva, entre otras, “contemplan reglas que pueden significar la puesta en funcionamiento de un cuerpo policial paralelo al servicio de policía nacido por ley, lo que contradice el espíritu de la Constitución”.

La opinión del procurador no es muy distinta de la que ya había expresado el presidente José Raúl Mulino, quien el pasado 8 de agosto escribió que la Policía Municipal “no se puede transformar en otra policía”.

El Acuerdo 162 transformó el antiguo cuerpo de vigilantes municipales, creado para custodiar parques, mercados y bienes del municipio, en una estructura con rangos de tradición policial y militar: cabos, sargentos, tenientes, capitanes y un mayor.

El Ministerio de Seguridad Pública también presentó una demanda de inconstitucionalidad, al alegar que las funciones de esta Policía Municipal invaden competencias que la Constitución reserva a los estamentos de seguridad del Estado.

Anteriormente, la Policía Nacional había presentado una demanda de inconstitucionalidad contra el mismo acuerdo, pero esta no fue admitida.


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