La creación de la Policía Municipal de la Alcaldía de Panamá, hoy blanco de demandas ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), recibió el año pasado el aval del Consejo Municipal sin mayor discusión y bajo la figura de “urgencia notoria”.
En la sesión del martes 17 de junio de 2025, la entonces presidenta del Consejo Municipal, Zaidy Quintero, del Partido Panameñista, sometió a votación el Acuerdo N.° 162, que establece la organización y el funcionamiento de la Dirección de Policía Municipal.
Antes de la votación, César Kiamco, representante de Bella Vista por la coalición Vamos, pidió que se reconsiderara enviar el documento, de 104 artículos, a la comisión respectiva del Consejo Municipal para su análisis jurídico, en lugar de discutirlo bajo la figura de “urgencia notoria”.
“Estoy seguro de que esto requiere una revisión adecuada dentro de la comisión, así que solicito a la mesa no tratar este tema como un caso de urgencia notoria”, dijo.

Quintero replicó que sería el pleno el que decidiría si el documento se enviaba o no a la comisión. Acto seguido, pidió la palabra el edil David Bernal, de Vamos, quien respaldó la solicitud de Kiamco.
“Solo analizando los artículos que hablan sobre el uso de la fuerza se requiere más claridad para poder explicarlos a los vecinos”, dijo Bernal.
El alcalde Mayer Mizrachi, quien impulsó la creación de la Policía Municipal, intervino en esa sesión para cuestionar a los representantes que mostraron oposición a la iniciativa.
“A mí me causa bastante curiosidad cómo es que se reservan las palabras únicamente para el pleno, porque desde el viernes nos hemos hasta visto allá atrás, donde estábamos desayunando todos. Nadie hace ninguna pregunta ni el ‘¿cómo estás?’, y ahora entonces quieren venir a hacer taquilla en el pleno”, dijo.
El alcalde comunicó a los ediles presentes que, si querían información sobre la nueva Policía Municipal, podían acudir a la Alcaldía, donde serían atendidos por él y por el director de ese cuerpo.
Tras la intervención de Mizrachi, el acuerdo fue aprobado con 19 votos de los 26 representantes que conforman el Consejo Municipal. Tres ediles se abstuvieron. Cuatro ediles que estuvieron presentes no votaron.
Rody Rodríguez, representante de Parque Lefevre por el Movimiento Otro Camino (Moca), recordó este lunes 10 de agosto que, en aquella sesión, fue uno de los que se abstuvo de votar. Explicó que, entre otras razones, se opuso a la creación de la Policía Municipal por el uso de armas por parte de sus agentes.
“A mí me parece que se llevan (los acuerdos) de manera muy apresurada ante el Consejo Municipal. Hay comisiones municipales que no se activan muchas veces. Y allí hay asesoría legal. Es en esas comisiones donde se invita a otros expertos en el tema para poder debatir con mayor claridad”, dijo Rodríguez.
El proceso para someter a aprobación el decreto, incluida la intervención de algunos concejales, duró menos de cinco minutos.
Otra demanda
Este lunes, una nueva demanda de inconstitucionalidad fue presentada ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) contra el acuerdo que creó la Policía Municipal.
La acción legal fue presentada por el diputado y abogado Ernesto Cedeño, quien sostuvo que el siguiente paso debe ser el reparto de la demanda.

“Espero que la Corte Suprema de Justicia juegue su papel y fortalezca la democracia del país, declarando la inconstitucionalidad”, dijo.
El Acuerdo N.° 162 transformó el antiguo cuerpo de vigilantes municipales, creado para custodiar parques, mercados y bienes del municipio, en una estructura con rangos de tradición policial y militar: cabos, sargentos, tenientes, capitanes y un mayor.
La norma también autoriza a sus agentes a portar “armas de fuego cortas y largas, que no sean de guerra”, realizar requisas corporales, registrar vehículos y aprehender ciudadanos, facultades que, según el Ministerio de Seguridad Pública, invaden competencias que la Constitución reserva a los estamentos de seguridad del Estado.
En su demanda, Cedeño alega que el acuerdo estaría violando los artículos 2, 310 y 312 de la Constitución. El artículo 2 habla sobre la separación de los poderes del Estado, mientras que el 310 y 312 se refieren al establecimiento de la policía de carácter civil y que es el Ejecutivo el que reglamenta el uso de armas.
Cedeño cuestiona en su demanda las facultades que ahora tiene este cuerpo municipal de realizar requisas, registro de vehículos, uso de la fuerza letal y no letal, así como la aprehensión de personas.
Antes, la Policía Nacional había presentado una demanda de inconstitucionalidad contra el mismo acuerdo, que no fue admitida. Posteriormente, el Ministerio de Seguridad Pública presentó otro recurso, que aún está en manos de los magistrados.

Cedeño sostuvo que la creación de este cuerpo de seguridad, que depende de la Alcaldía de Panamá, “excede las competencias” de un consejo municipal y que debió establecerse mediante una ley aprobada por la Asamblea Nacional.
“He analizado el acuerdo del Consejo Municipal de Panamá que organiza o estructura lo que es la Policía Municipal de Panamá y, a mi juicio, tiene visos de inconstitucionalidad”, aseguró.

