En la lista de diputados que ahora tienen licencia para ejercer como abogados mientras ocupan una curul figuran algunos que forman parte de comisiones encargadas de tramitar reformas sobre justicia y administración pública, e investigar, acusar y juzgar a magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
Otros han representado a personas vinculadas a procesos judiciales de alto perfil y hay un diputado que ha sido investigado por el mismo sistema judicial ante el que ahora podría litigar.

La resolución de la controversia fue aprobada en la noche del lunes 26 de enero, en una sesión del pleno que coincidió con una jornada cargada de hechos políticos: el país se preparaba para recibir a los presidentes que asistirían al Foro Económico Internacional organizado por el Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF), y mientras se ordenaba la aprehensión del exvicepresidente José Gabriel Carrizo, investigado por supuesto enriquecimiento injustificado.
Los beneficiados
Con el país revuelto, la Asamblea avaló el documento que permite a un grupo de diputados ejercer como abogados durante todo su mandato legislativo. Los beneficiados son Isaac Mosquera, del Movimiento Liberal Republicano Nacionalista; Shirley Castañeda, Jamis Acosta Guerra, Dana Castañeda Guardia y Nelson Jackson Palma, de Realizando Metas (RM); Ernesto Cedeño Alvarado, del Movimiento Otro Camino; Didiano Pinilla Ríos, de Cambio Democrático; y Jairo Salazar Ramírez, del Partido Revolucionario Democrático.
La medida también incluyó a los suplentes Hilda Marín Guzmán Cedeño, Arnulfo Antonio Arias Olivares, Ana María Poveda Herrera y Daryelis Aponte Rodríguez. Esta última, sin embargo, envió una carta a la Secretaría General renunciando al beneficio.

La decisión reactivó un debate recurrente sobre los límites entre el ejercicio privado de la profesión y el poder político que otorga una curul, en un órgano del Estado que legisla sobre justicia, fiscaliza instituciones y ejerce funciones judiciales para tramitar denuncias y procesos contra magistrados de la Corte Suprema, e incluso contra el presidente de la República.
Clientes investigados por blanqueo de capitales
Entre los diputados autorizados figuran abogados con antecedentes documentados en procesos de alto perfil. Shirley Castañeda y Jamis Acosta, por ejemplo, han sido abogados del expresidente Ricardo Martinelli, asilado en Colombia para evadir una condena a más de 10 años de prisión por el caso New Business. Castañeda, además, ha defendido a Jorge Camargo Clarke, alias “Cholo Chorrillo”, condenado a 70 meses de prisión por blanqueo de capitales.
En la Comisión de Gobierno
Otros diputados beneficiados ocupan espacios estratégicos dentro del engranaje legislativo. Jairo Salazar y Didiano Pinilla forman parte de la Comisión de Gobierno, instancia que revisa y decide sobre proyectos vinculados a justicia, seguridad y administración pública, precisamente los mismos ámbitos que suelen desembocar en controversias legales ante los tribunales.
Jueces y partes
Ernesto Cedeño y Dana Castañeda forman parte de la Comisión de Credenciales, Justicia y Asuntos Constitucionales, encargada de tramitar denuncias y procesos contra magistrados de la Corte, superiores jerárquicos del sistema judicial ante el cual los diputados ahora podrían ejercer como abogados.

Cedeño, por su parte, ha construido un perfil distinto: antes de llegar a la Asamblea ya era conocido por recurrir a los tribunales como vía para cuestionar decisiones del Estado y promover acciones legales vinculadas a temas de interés público, transparencia y derechos ciudadanos.
Con un expediente en el judicial
El caso de Isaac Mosquera añade otro elemento al panorama. El diputado fue investigado por un proceso relacionado con supuesto tráfico de drogas y blanqueo de capitales, expediente que ha transitado por distintas instancias judiciales, incluyendo la Corte Suprema de Justicia. La licencia le permitiría litigar ante el mismo sistema judicial donde su expediente ha sido tramitado.
¿Y los controles?
Hasta el momento, la Asamblea, poder del Estado que tiene como presidente al diputado del Partido Panameñista, Jorge Herrera, no ha precisado públicamente qué mecanismos adicionales existirán para evitar incompatibilidades, ni si los diputados que litigan deberán revelar clientes o apartarse de debates legislativos vinculados a materias que puedan cruzarse con su práctica profesional.
La Ley 316 del 18 de agosto de 2022 obliga a los funcionarios de alta jerarquía a declarar sus actividades profesionales, económicas o gremiales, remuneradas o no, así como beneficios derivados de concesiones estatales, contrataciones públicas, vínculos como proveedores del Estado y la recepción de regalos de terceros.

La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai), a cargo de Sheyla Castillo, recientemente recordó a los funcionarios de alto perfil que deben declarar sus intereses particulares. Sin embargo, estos documentos no son de acceso público.
La Constitución Política no contiene una lista extensa de incompatibilidades profesionales para los diputados, pero sí establece límites relevantes cuando se trata de mezclar el cargo público con actividades privadas. Entre ellos, la restricción de celebrar contratos con el Estado y la obligación general de actuar en función del interés público. En el caso específico de la abogacía, la Carta Magna prevé que los diputados solo pueden litigar durante el período de sesiones mediante una licencia otorgada por la propia Asamblea, disposición que sirve de base para la resolución aprobada recientemente.
El artículo 158, numeral 4, de la Constitución faculta a la Asamblea a “conceder licencia a los diputados para ejercer la profesión de abogado durante el período de sesiones”. No obstante, la discusión se concentra en cómo se gestionan los posibles conflictos de interés cuando un diputado combina el ejercicio privado del derecho con funciones parlamentarias.


