Los establecimientos que incumplan con la regulación de precios a 22 productos de la canasta básica, dictada por el Ejecutivo, se exponen a sanciones de hasta 10 mil dólares, que deberán ser saldadas en un plazo de 10 días, de lo contrario, se exponen al cobro coactivo de la multa. Así está dispuesto en la Resolución que Pedro Meilán, administrador general de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), expidió el pasado jueves, 3 de julio, dos días después que el presidente, Juan Carlos Varela Rodríguez, decretara la medida de control de precios.La resolución fue divulgada hoy, martes, 8 de julio, en Gaceta Oficial. La Acodeco, por ley, es el ente encargado de velar por el cumplimiento de la medida.La entidad también dio a conocer las especificaciones de los letreros que deben colocar los establecimientos de venta al por menor: tamaño no menor a “8 ½ x 14”, en un lugar visible, con información sobre cada producto, su precio máximo de venta y la unidad (ya sea en libras y/o kilogramos).Los letreros están disponibles en el sitio de internet de la institución www.acodeco.gob.pa así como en sus oficinas ubicadas en la vía Fernández de Córdoba.El monto de las multas –de hasta 10 mil dólares, basado en la Ley 45 de 2007, que dicta normas sobre protección al consumidor y defensa de la competencia- dependerádel tamaño del establecimiento, la reincidencia y gravedad de la falta. Contra la sanción solo cabe interponer un recurso de apelación ante el administrador general de Acodeco.
Acodeco ejercerá cobro coactivo a los infractores que no paguen la multa
Los establecimientos que incumplan con la regulación de precios a 22 productos de la canasta básica, dictada por el Ejecutivo, se exponen a sanciones de hasta 10 mil dólares, que deberán ser saldadas en un plazo de 10 días; de lo contrario,
08 jul 2014 - 10:25 PM
