El Sindicato de Industriales de Panamá (SIP) advirtió que la prohibición absoluta de los dispositivos electrónicos con o sin nicotina representaría un retroceso en materia de política pública y no contribuiría a los objetivos de salud, según expuso en observaciones remitidas a la Asamblea Nacional.
En una nota con fecha del 13 de enero dirigida al diputado Edwin Vergara, presidente de la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social, el gremio industrial expresó su rechazo al proyecto de ley 263 presentado en el 2025, que plantea la prohibición total de estos productos, al considerar que vulnera principios de igualdad y libre competencia, además de incentivar el comercio informal.
El SIP recordó que la Corte Suprema de Justicia ya evaluó este enfoque y, en un fallo del 30 de abril de 2024, señaló que cualquier medida restrictiva para la comercialización de dispositivos electrónicos —análogos a otros productos como los cigarrillos tradicionales— no debe establecer tratos discriminatorios entre grupos de comerciantes.
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7810.pdfEl documento también cita resultados observados durante el período en que rigió la prohibición, cuando se registró un incremento del 2% en el consumo de cigarrillos electrónicos entre jóvenes, alcanzando una prevalencia del 8.5%, según datos oficiales. Para el gremio, estas cifras evidencian que la prohibición no logró los objetivos de salud pública y, por el contrario, favoreció el acceso a productos no regulados.
En contraste, el SIP manifestó su respaldo al proyecto de ley 467 que propone una regulación integral del mercado. Entre los aspectos destacados figuran controles específicos para evitar el acceso de menores, la creación de un marco fiscal que permita captar ingresos de una actividad que hoy opera fuera del sistema, así como un mayor control sanitario y aduanero para combatir el comercio ilícito.
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8120.pdfDe hecho, el proyecto establece multas de hasta $100,000 para quienes vendan o distribuyan estos productos a menores. Esta medida responde al incremento sostenido del uso de vapeadores entre adolescentes y a la necesidad de políticas de prevención más efectivas.
La propuesta fue presentada por el diputado panameñista Medin Jiménez Pittí. El texto clasifica como infracciones graves la venta a menores, la falta de verificación de edad al momento de la compra y la participación de adolescentes en actividades de comercialización o distribución.
Estas infracciones podrán ser sancionadas con multas de entre $5,000 y $100,000. En paralelo, los padres o tutores de menores sorprendidos consumiendo estos dispositivos enfrentarán sanciones económicas de $500 a $5,000. También deberán asistir a talleres de educación parental sobre adicciones y riesgos para la salud.
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Carta SIP (1).pdfEl gremio subrayó que este enfoque es coherente con la posición técnica del Ministerio de Salud, que favorece la regulación sobre la prohibición absoluta, y sostuvo que una normativa integral fortalecería la salud pública, fomentaría la formalidad, mejoraría la trazabilidad de los productos y promovería la equidad tributaria.
En ese sentido, el SIP solicitó formalmente a la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social rechazar el proyecto de ley 263 y considerar favorablemente el proyecto de ley 467, al que calificó como una alternativa más sólida, viable y ajustada al contexto nacional.
Finalmente, el sindicato reiteró su disposición de colaborar en la revisión técnica y en la construcción de un marco regulatorio que proteja la salud pública sin afectar la competitividad ni incentivar la informalidad.
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