No hay fondos presupuestados para pagar el decimotercer mes en el sector público, después que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) equiparara el pago de esta prestación con el sector privado.
El ministro de Economía y Finanzas, Héctor Alexander, reconoció que ese gasto no fue contemplado en el Presupuesto General del Estado correspondiente al año 2024, por tanto, deberá ser financiado con ahorros o saldos disponibles, “que no afecten ninguna obligación de forzoso cumplimiento”.
“Las entidades tendrán que financiar este compromiso con los ahorros que se generen de sus presupuestos, mediante el mecanismo de traslado de partida”, escribió Alexander en una nota dirigida el pasado 5 de marzo a ministros, directores, administradores, procuradores, magistrados presidentes, superintendentes, alcaldes y representantes de corregimiento, entre otros titulares de entidades y organismos públicos.
En esa nota, Alexander reconoce que “a la fecha no se cuenta ni se prevé en el futuro inmediato excedentes de ingresos corrientes que puedan financiar este gasto no presupuestado”.


En enero pasado, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la aplicación de un tope salarial de $550 para el pago del décimo tercer mes a los trabajadores del sector público, ya que ello implica privarlos de elevar su nivel de vida y atenta contra el principio de solidaridad social.
El fallo, bajo la ponencia del magistrado Olmedo Arrocha, resuelve las demandas de inconstitucionalidad interpuestas contra los numerales 1 y 2 del artículo 1 de la Ley 52 de 1974, por la cual se instituye el décimo tercer mes para los servidores públicos.
El fallo recalca que la norma aplicaba un trato desigual y discriminatorio a los funcionarios, al no permitirles obtener un décimo tercer mes de acuerdo con su salario real.

