Tribunal rechaza pruebas y declara no culpable a Ricardo Martinelli



No culpable de todos los cargos. Ese fue el veredicto de Roberto Tejeira, Arlene Caballero y Raúl Vergara, los jueces que conforman el tribunal de juicio del caso que se le seguía a Ricardo Martinelli por supuesto espionaje político y peculado.

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La lectura de la sentencia se inició ayer a la 6:04 p.m., con una sala repleta de gente: simpatizantes del expresidente, abogados, y periodistas. Cuando los tres jueces entraron en la sala, se hizo un profundo silencio. Había tensión en el ambiente.

El juez Raúl Vergara leyó la sentencia. Explicó que se trataba de una decisión unánime, basada en un análisis de las pruebas presentadas por el Ministerio Público (MP), los querellantes y la defensa.

El fallo argumentó que no pudo acreditarse la teoría del caso presentada por la Fiscalía contra la Delincuencia Organizada, en la que se aseguraba que desde el Consejo de Seguridad Nacional (CSN) un grupo de personas, conformado por Ronny Rodríguez, William Pittí e Ismael Pittí, realizaban tareas de espionaje y seguimiento por órdenes de Martinelli y sin autorización judicial, entre los años 2012 y 2014.

Los jueces argumentaron que si bien existen indicios de que desde el CSN se realizaron actividades ilegales, existe una duda razonable sobre la vinculación de Martinelli con estos hechos.

Esto, a pesar de que en 2014 el exgobernante dijo en una entrevista que dio al periodista Álvaro Alvarado, de Telemetro, que tenía el dossier de todos.

Plantearon que algunas de las pruebas recogidas por la fiscalía no tenían la correspondiente cadena de custodia, como obliga el sistema penal acusatorio; y que incluso hubo participación de funcionarios ajenos al Ministerio Público y al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Imelcf) al momento de realizar diligencias en las que participó el perito Luis Rivera Calle.

Para los jueces, el Ministerio Público debió ser celoso de su investigación y mantener la separación de los poderes.

Otro de los aspectos que cuestionaron los jueces fue el hecho de que los sellos de algunos discos compactos introducidos como pruebas estaban rotos y fueron susceptibles de alteraciones. A su juicio, nunca se hizo un análisis digital del contenido del correo bradpty507@gmail.com para establecer su procedencia y conocer a su autor, por lo que siempre hubo dudas sobre su origen.

Reclamaron que, si bien 23 víctimas dijeron haber reconocido sus correos, conversaciones privadas y fotos obtenidas ilegalmente, la fiscalía no hizo diligencias sobre sus computadoras y teléfonos celulares para confirmar la veracidad de estos hechos y su origen.

Esto, pese a que la mayoría de los testigos que presentó la fiscalía narró en el juicio la manera como se les violó su intimidad, cómo les leyeron sus correos, vieron sus fotografías personales y escucharon sus conversaciones.

Uno de esos fue el fiscal de Cuentas, Guido Rodríguez, quien en el juicio narró: “A mí sí me consta que desde la Presidencia mandaban a hackear las comunicaciones privadas de las personas que ellos tenían como objetivo”.

En la audiencia, el perito Rivera Calle reconoció todos los correos obtenidos del correo bradpty507@gmail.com.

‘Las garantías’

El fallo de los jueces también le recriminó a la fiscalía que durante las diligencias de investigación nunca hubo participación de la defensa, lo que constituye una “clara violación de las garantías fundamentales del acusado y de su derecho a la defensa”.

En relación con la declaración del testigo protegido 8430145, el fallo destacó que si bien este hizo un recuento detallado de cómo funcionaba el sistema de espionaje, y de las personas que eran parte de esa estructura, no se pudo acreditar que ellos recibieran instrucciones del acusado.

Durante su intervención en el juicio, el testigo protegido reveló que todos los días enviaban un informe a la Presidencia sobre las comunicaciones que interceptaban.

Los jueces también estimaron que la declaración del testigo protegido se contradice con la rendida por el exdirector del CSN Rolando López, al intentar explicar por qué en las propiedades del correo bradpty507@gmail.com, que supuestamente él había elaborado, aparecía como autor Rolando López.

También recalcaron que en su declaración el testigo protegido dijo desconocer la razón de que el nombre de López apareciera como el autor, ya que la computadora en la que copió los correos interceptados era de su propiedad, pero en su testimonio López dijo que había prestado su computadora personal a alguien que quería cooperar con la investigación.

Y que esto lo convertía “en un testigo sospechoso”, cuya declaración debía ser corroborada con otras pruebas dentro de la carpetilla.

Por todas esas razones, consideraron que Martinelli no es culpable de los delitos de seguimiento y vigilancia sin autorización judicial, así como de interceptación de las telecomunicaciones sin autorización judicial.

En enero pasado, Alejandro Garuz y Gustavo Pérez -directores del CSN en el gobierno de Martinelli- fueron condenados por los pinchazos, cada uno a 80 meses de prisión. La sentencia fue apelada. Nada de esto se tuvo en cuenta en la sentencia que declaró no culpable al exmandatario.

Tampoco fue valorado el fallo del juez federal Edwin Torres, de la Corte del Distrito Sur de la Florida, que hace dos años avaló la extradición de Martinelli de Estados Unidos a Panamá, alegando que hay “motivos razonables para suponer” que el expresidente es culpable “de todos o algunos de los delitos imputados”.

Siguen existiendo indicios de fiabilidad en este expediente de que Martinelli pudo haber cometido los delitos imputados, dadas todas las pruebas presentadas”, indicó el juez Torres en un fallo de 93 páginas emitido el 31 de agosto de 2017.

Peculado

En cuanto a los delitos de peculado por malversación y peculado de uso, los jueces del tribunal de juicio manifestaron que si bien se hace mención del equipo comprado con fondos del Estado a la empresa MLM Protection en el año 2010, la adquisición del equipo se encuentra fuera del marco temporal del escrito de acusación, que se circunscribe a los años 2012-2014.

A su vez, establecieron que nunca existió una certificación de la compra del equipo Pagasus por parte del Estado, y que Martinelli tuviese bajo custodia dichos equipos.

La fiesta

Una vez terminó la lectura del fallo, hubo júbilo en la sala y en los pasillos del edificio. Algunos de los seguidores del expresidente insultaban al personal del MP y a los querellantes, quienes tuvieron que ser custodiados por la Policía.

Gritos, aplausos, abrazos, empujones. Una puerta de vidrio se quebró e incluso cortó a una periodista.

El tribunal ordenó el cese de la detención domiciliaria al expresidente y este salió de la sala del juicio.

Su esposa, Marta Linares; la diputada Mayín Correa, Alma Cortés, Mariela Jiménez, Luis Eduardo Camacho, entre otros, lo flanqueaban. Sus abogados se felicitaban entre sí y se autonombraron, “los mejores del país”.

De Plaza Ágora, Martinelli se trasladó a su canal de televisión, Nex TV, en el que, rodeado por periodistas del canal, aseguró que le gustaría verle la cara al expresidente Juan Carlos Varela.

Enseñó el puño y dijo: “le voy a meter un puñete”. Después apareció en una entrevista en el diario Panamá América, otro de sus medios de comunicación. Allí narró que Varela lo había “extorsionado”.

Familiares y amigos del expresidente Ricardo Martinelli se reúnen para celebrar su libertad. Video: Gabriel Rodríguez pic.twitter.com/TjgQTC71Cm

Mientras tanto, en las afuera de su casa en Altos del Golf, sus seguidores se acumulaban. En las redes sociales, la indignación crecía. “Día de luto para Panamá”, “el país está roto”, “asco”, “vamos todos a la calle”, eran parte de las frases que se leían.

Era el final amargo para un caso que dio sus primeros pasos en 2015, el mismo año en que Martinelli abandonó el país. Tuvo capítulos importantes en 2016, 2017, y 2018, cuando el exgobernante regresó extraditado a Panamá.

En diciembre del año pasado, la Corte Suprema de Justicia declinó su competencia en un tribunal ordinario. El juicio empezó el 12 de marzo de este año y concluyó con el mejor de los escenarios para el hombre que gobernó el país entre 2009 y 2014.

Tres horas después de la sentencia, el Órgano Judicial mandó un comunicado de prensa, en el que se indica que el tribunal mantuvo la medida cautelar de impedimento de salida del país a Martinelli hasta que se de la lectura de la sentencia, el próximo lunes 26 de agosto de 2019, a las 4:00 p.m.

Lo que sigue

Carlos Herrera Morán, abogado de Mauro Zúñiga (víctima de las escuchas), calificó como “aberrante y absurdo” el fallo de los jueces y anunció la presentación de un recurso de nulidad del proceso y otro de casación ante la Corte Suprema de Justicia.

Morán alegó que el Ministerio Público sustentó en debida forma los delitos imputados a Martinelli y que las víctimas de los pinchazos reconocieron los correos que le fueron interceptados ilegalmente, violando sus derechos fundamentales.

Sin embargo, afirmó que respeta la decisión de los jueces, aunque estimó que fue contraria a derecho.

El fallo del tribunal de juicio puede ser recurrido por el Ministerio Público o los querellantes ante el Tribunal Superior de Apelaciones y, finalmente, en casación ante la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia.

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