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POSESIóN DE ARMA

Jueza de cumplimiento suspende beneficio de trabajo comunitario a El Tachi

La defensa apeló la decisión de la jueza, por lo que se fijó una audiencia para el próximo 22 de junio a las 2:30 p.m. ante el Tribunal Superior de Apelaciones.

Jueza de cumplimiento suspende beneficio de trabajo comunitario a El Tachi
El reguesero, Eustacio Fidel Guerra, conocido como El Tachi.

El Ministerio Público (MP) informó este viernes 15 de junio que la jueza de cumplimiento Angeline Adames suspendió el beneficio de trabajo comunitario al cantante de reggae Eustacio Guerra Saldaña, mejor conocido como El Tachi, por el delito de posesión de arma ilícita.

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Avalan sustitución de pena para el cantante El TachiMedida cautelar de notificación y prohibición de salida del país a 'El Tachi', por posesión de arma

Esto tras una audiencia de cumplimiento de control y verificación, en donde la fiscal Patricia Herrera presentó los elementos de convicción que probaron el incumplimiento de la pena sustitutiva por parte de Guerra. 

La fiscal presentó un informe de la Policía Nacional con un escrito del agente policial afectado, documentación del juez de la Casa de Paz de San Felipe, donde fue condenado Guerra por una falta administrativa y certificaciones de boletas de tránsito, detalló un documento del MP.

#PGNinforma Tribunal de Cumplimiento ordena suspender trabajo comunitario a Eustacio Guerra alias "Tachi" a solicitud de la fiscal Patricia Herrera, que presentó los elementos de convicción que probaron el incumplimiento de la medida. pic.twitter.com/xTAVIZT5qc

De igual manera, Herrera entregó una documentación suministrada por el Departamento de Información y Relaciones Públicas de la Procuraduría de la Nación, que indica que el cantante fue retenido el pasado 31 de mayo en avenida B, presuntamente por alteración del orden público.

El Tachi tiene como condiciones establecidas en la sustitución de la pena, la prohibición de salida del país, no ingerir alcohol o estupefacientes, no cometer faltas administrativas, reportarse los primeros cinco días del mes al Tribunal de Cumplimiento y dictar charlas para mantener un buen comportamiento social.

El escrito del MP señala que la pena sustitutiva de trabajo comunitario consiste en cumplir con labores de ornato y aseo en la Junta Comunal de Puerto Caimito, los días lunes de 8:00 a.m. a 1:00 p.m y los martes de 8:00 a 12:00 p.m.

La defensa de Guerra apeló la decisión de la jueza, por lo que se fijó una audiencia para el próximo 22 de junio a las 2:30 p.m. ante el Tribunal Superior de Apelaciones.


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