DIRECCIÓN NACIONAL DE FARMACIA Y DROGAS
Aleida Samaniego C.Hace 2 añosLa Dirección Nacional de Farmacia y Drogas recuerda que se pueden importar seis unidades por persona, con un volumen no mayor de 500 ml por mes. No aplica para estuches con un contenido mayor al autorizado; en el caso de kits, el contenido no debe superar los seis productos.