Olmedo RodríguezHace 7 años“Consideramos imperativo que la inhabilitación de la que trata el artículo 67 se extienda no sólo a las personas jurídicas y naturales condenadas en Panamá, sino en cualquier parte del mundo, con fundamento en lo establecido en convenciones internacionales contra la corrupción, de ineludible acatamiento por parte de la República de Panamá, como la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción”, señala el procurador en su nota.
Luis Solís Higuera, de la Secretaría de Procesos Judiciales.
Juan DíazHace 8 añosAdvierte que para ejercer la acción contra el Estado, se requiere de la existencia de un pronunciamiento judicial previo, lo que, afirma, “a todas luces revela una falta de precisión por parte de la parte demandante”, en torno al fundamento legal de las reclamaciones.
Janina Muñoz, fiscal superior, y la fiscal Gina Diaz, ambas de la sección de Litigación Temprana.
Redacción de La PrensaHace 9 añosLa fiscal Gina Diaz y Janina Muñoz, fiscal superior, ambas de la sección de Litigación Temprana, explicaron que la pena de 10 años "es un buen acuerdo", pues se logra que la víctima no vuelva a sufrir al exponerse a un juicio y que haya la certeza del castigo.
Aminta BustamanteHace 9 añosEn una reunión efectuada ayer –en la que se abordó el tema de la inhabilitación perpetua–, la presidenta de la subcomisión, la diputada independiente Ana Matilde Gómez, planteó, por ejemplo, que “no sería proporcional ni racional que un acto culposo esté penado de la misma manera que un acto doloso”.
Procurador y Tribunal Electoral chocan por decreto electoral
Aminta BustamanteHace 9 añosLa CSJ le pidió a González que emitiera su opinión con respecto a la demanda de inconstitucionalidad contra estos artículos que presentó ante ese tribunal el pasado 5 de febrero el abogado Ernesto Cedeño, aspirante presidencial por la libre postulación.
La figura de los jueces de paz viene a reemplazar a los de corregidores.
Ohigginis Arcia JaramilloHace 9 añosDesde el 2 de enero ya no debe haber corregidores, sino jueces de paz en el Primer Distrito Judicial: Panamá, Colón, Panamá Oeste, Darién y las comarcas indígenas Guna Yala, Emberá Wounaan, Madungandí y Wargandí.
Juan Manuel DíazHace 9 añosDijo que este análisis se hizo con base en los elementos que habían salido en los medios de comunicación, más los que la Procuraduría de la Administración pudo verificar.