Adolfo J. Campos BarrancoHace 7 añosEl estado de emergencia nacional (EEN) declarado por el Decreto de Gabinete 11 de 13/3/2020 producto de la situación con el COVID-19, fundamenta la modificación de la Ley 76/2019 (que adopta el Código de Procedimiento Tributario) a través de la Ley 134/2020.
Impuestos retenidos, como en el caso de los trabajadores asalariados, quedan exceptuados. Archivo
Roberto González JiménezHace 7 añosLos contribuyentes tendrán un plazo de 120 días (cuatro meses) para pagar las obligaciones tributarias que se vayan venciendo en este periodo y que sean competencia de la Dirección General de Ingresos (DGI).
La matrícula, la mensualidad, los útiles, los uniformes escolares y el transporte son algunos de los gastos que se pueden deducir. Archivo
Roberto González JiménezHace 7 añosLos asalariados con un único ingreso podrán deducirse los gastos escolares sin necesidad de presentar la declaración de Renta. Así quedó plasmado en el proyecto de ley 231, aprobado en tercer debate por la Asamblea Nacional y pendiente de sanción presidencial.
El beneficio de amnistía será de forma automática, cuando los contribuyentes morosos hayan efectuado algún pago encaminado a saldar la deuda que se mantiene con la Dirección General de Ingresos. Archivo
Aminta BustamanteHace 7 añosEl pleno de la Asamblea aprobó la tarde de este martes 17 de marzo en segundo debate el proyecto de ley No. 251, que busca establecer una amnistía general para el pago de tributos administrados por la Dirección General de Ingreso (DGI).
Adolfo J. Campos BarrancoHace 7 añosPanamá y el mundo se encuentra viviendo momentos complicados debido a la pandemia causada por el coronavirus (Covid-19).
Adolfo J. Campos BarrancoHace 7 añosEl Código Fiscal (CF) en su artículo 1057-V, señala que se designan agentes de retención o percepción del impuesto sobre la transferencia de bienes corporales muebles y la prestación de servicios (Itbms).
La DGI atenderá hoy lunes de 8:00 am a 6:00 p.m. Archivo
Roberto González JiménezHace 7 añosLa Dirección General de Ingresos (DGI) señaló que no habrá más espacios de moratoria fiscal durante este periodo presidencial, justo cuando se acerca el final de la amnistía iniciada en octubre de 2019.
Adolfo J. Campos BarrancoHace 7 añosEl artículo 694 del Código Fiscal (CF), establece que el objeto del impuesto sobre la renta (ISR) lo constituye la renta gravable que se produzca, de cualquier fuente, dentro del territorio nacional, indistintamente del lugar donde se perciba. Esto es el principio de renta territorial.
Adolfo J. Campos Barranco Hace 7 añosLevante la mano si a usted le gusta pagar tributos. Quizás de una muestra de 100 personas que leen este artículo en este momento, a ninguno.
Matrícula, mensualidad, útiles escolares, uniformes y transporte son los gastos que pueden ser deducidos. Archivo
Roberto González JiménezHace 7 añosDesde la entrada en vigor de la Ley 37 de 2018, los contribuyentes pueden deducir los gastos escolares de sus hijos o menores de edad que tengan bajo su tutela legal.